CITRASHINE CONSERV. IMZ-D (nº de registro 12741)

Usos autorizados, dosis y plazo de seguridad según el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios.

Dato del Registro del MAPA a fecha 23-10-2026. Fuente: Registro Oficial de Productos Fitosanitarios (ROPF) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), publicado en REGFIWEB. Campodato reproduce la información sin alterar su sentido; puede no estar completa o actualizada (aviso legal del MAPA). El registro se actualiza cada semana.

Consulta siempre la etiqueta del producto. El plazo de seguridad es el de cada producto concreto y uso concreto (cultivo, plaga, dosis y sistema de cultivo): no se puede extrapolar de una sustancia a otro producto. Esta página reproduce datos del registro oficial con fines informativos; no sustituye a la etiqueta, a la ficha oficial ni al asesoramiento de un técnico o asesor autorizado.

Datos del producto

Nº de registro
12741
Estado
Vigente
Titular
DECCO IBERICA POST COSECHA S.A.U.
Fabricante
DECCO IBERICA POST COSECHA S.A.U.
Formulado
IMAZALIL 0,3% [EW] P/V
Sustancias activas
Imazalil (0,3 %)
Fecha de registro
20-10-1976
Fecha de caducidad de la autorización
31-05-2027
Otras denominaciones
CITRASHINE AM IMZ DOBLE

Usos autorizados, dosis y plazo de seguridad

4 usos autorizados según el registro, en 1 cultivo. Despliega cada cultivo para ver sus plagas, dosis y plazos.

Frutos cítricos (4 usos)
  • Aumento peso del fruto · Diplodia spp. · Penicilium, Penicillium spp. · Retraso maduración en productos recolectados
    Dosis: desde 1 l/Tm · Aplicaciones: 1 · Plazo de seguridad: No procede
    Sistema: I · Ámbito: Agrario · Usuario: Profesional · Método: Otros (ver condic.) · BBCH Aplicar en post-recolección. · ver nota 1

No procede: El registro indica que el plazo de seguridad no procede para este uso (no se fija un número de días). No equivale a «0 días»: consulta la etiqueta.

Condicionamiento general de la autorización

Fungicida en post-recolección. Aplicar el producto sin diluir, directamente sobre la fruta, mediante pulverización en túnel instalado sobre el transportador y seguido de máquina de cepillos, manteniendo gran vigilancia en la homogeneidad del gasto de producto y del paso de fruta. Uso reservado a centrales hortofrutícolas y aplicadores profesionales. La denominación de ceras incluye las sustancias admitidas para recubrimiento de frutos cítricos que aparecen en el Anexo IV del Real Decreto 142/2002, por el que se aprueba la lista de aditivos distintos de edulcorantes y colorantes, y en sus modificaciones posteriores, debiendo cumplir las especificaciones vigentes y relacionar en la etiqueta cada una de las que se incluyan en el formulado. En la etiqueta se deberá indicar que cuando así lo exija la legislación vigente en el país de destino de los productos tratados, los embalajes que contienen deberán contener el texto “Frutos encerados con protección fungicida de imazalil”. Cuando se formule para tratamientos de frutos destinados a la exportación, incluyendo alguna otra cera o resina, distintas de las especificadas por exigirlo la legislación vigente en el país importador, se etiquetará con el texto siguiente: “Este producto no cumple los requisitos establecidos para el tratamiento de frutos cítricos destinados al mercado español y del resto de países de la Unión Europea”.

Notas específicas de los usos

  1. Por reducción de la transpiración y respiración. Proporciona un encerado de grado medio.

Dato del Registro del MAPA a fecha 23-10-2026. Fuente: Registro Oficial de Productos Fitosanitarios (ROPF) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), publicado en REGFIWEB. Campodato reproduce la información sin alterar su sentido; puede no estar completa o actualizada (aviso legal del MAPA). El registro se actualiza cada semana.