01 · Fitosanitario
El tratamiento queda registrado
Un tratamiento fitosanitario en un recinto de olivar o viñedo se anota el mismo día en el cuaderno SIEX: el apunte ya queda listo para el CUE, obligatorio desde el 1 de enero de 2027.
Para explotaciones de Extremadura
En Extremadura el olivar es el cultivo de mayor superficie, con más de 81.000 ha de viñedo y más del 98 % de la superficie nacional de tabaco, en el norte de Cáceres. Campodato lleva el cuaderno SIEX y el REA, y está preparado para operar con el Registro de Entidades Habilitadas/Gestoras de CUE-Comerciales, listo para cuando el CUE sea obligatorio.
El problema
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural (cuya estructura orgánica fija el Decreto 110/2026, de 26 de mayo, DOE) gestiona el CUE y el REA de Extremadura, junto al Registro de Entidades Habilitadas/Gestoras de CUE-Comerciales creado por la Resolución de 3 de febrero de 2025. Como en el resto de comunidades, el CUE será obligatorio desde el 1 de enero de 2027 para quien aplique tratamientos fitosanitarios.
A eso se suma la Solicitud Única, regulada por el Decreto 3/2025, de 21 de enero, con la propia Consejería como organismo pagador (Decreto 4/2023, de 20 de enero), y las tres zonas vulnerables a nitratos de la región —Vegas Bajas, la zona regable del canal del Zújar y Tierra de Barros—, cuyo programa de actuación se actualizó por la Orden de 5 de diciembre de 2024. Un cuaderno que no une estas piezas obliga a teclear el mismo dato varias veces.

CAPTURA REAL DEL PRODUCTO · CUADERNO POR PARCELA
Lo que ya hace Campodato
Una campaña, de la parcela a la factura
01 · Fitosanitario
Un tratamiento fitosanitario en un recinto de olivar o viñedo se anota el mismo día en el cuaderno SIEX: el apunte ya queda listo para el CUE, obligatorio desde el 1 de enero de 2027.
02 · Solicitud Única
El mismo cuaderno alimenta la Solicitud Única regulada por el Decreto 3/2025, con los recintos SIGPAC ya cargados.
03 · Venta
Al vender la cosecha, Campodato emite la factura sellada y verificable con Verifactu: del campo a la factura, en la misma app.
Preguntas frecuentes
El CUE es el cuaderno digital de explotación, gestionado junto al REA por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural. Como en el resto de España, será obligatorio desde el 1 de enero de 2027 para quien aplique tratamientos fitosanitarios. Ese Registro de Entidades Habilitadas/Gestoras, creado por la Resolución de 3 de febrero de 2025, es el que habilitará a las plataformas comerciales para dar acceso al CUE; Campodato está preparado para operar en ese marco.
Es el registro, creado por la Resolución de 3 de febrero de 2025, que habilitará a las plataformas comerciales —Campodato entre ellas— para dar acceso al CUE a las explotaciones extremeñas, además de la vía pública.
La Solicitud Única de Extremadura se regula por el Decreto 3/2025, de 21 de enero, con la propia Consejería como organismo pagador (Decreto 4/2023, de 20 de enero). Campodato apoya esa tramitación con los recintos SIGPAC y los apuntes del cuaderno ya cargados.
Vegas Bajas, la zona regable del canal del Zújar y Tierra de Barros. La designación original es de la Orden de 7 de marzo de 2003, actualizada por la Orden de 4 de marzo de 2019 (que añadió Tierra de Barros), con el programa de actuación renovado por la Orden de 5 de diciembre de 2024. Campodato registra cada aplicación de fertilización nitrogenada como un apunte del cuaderno.
Quien aplica fitosanitarios debe figurar en el ROPO de Sanidad Vegetal de la Junta de Extremadura, y quien presta servicios de aplicación necesita la habilitación ITEAF (RD 1702/2011, de ámbito nacional). Campodato no sustituye estos trámites, pero mantiene el cuaderno de aplicaciones coherente con lo que exigen.
Si tu explotación combina cultivo y ganadería extensiva de dehesa, el cuaderno de Campodato para ganadería lleva el libro de registro REGA, el sanitario y los movimientos en la misma app.
Importa tus parcelas desde SIGPAC y deja el cuaderno listo para el CUE antes del 1 de enero de 2027. 15 días de prueba, sin tarjeta.