ERTURON (nº de registro 16741)
Usos autorizados, dosis y plazo de seguridad según el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios.
Dato del Registro del MAPA a fecha 23-10-2026. Fuente: Registro Oficial de Productos Fitosanitarios (ROPF) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), publicado en REGFIWEB. Campodato reproduce la información sin alterar su sentido; puede no estar completa o actualizada (aviso legal del MAPA). El registro se actualiza cada semana.
Consulta siempre la etiqueta del producto. El plazo de seguridad es el de cada producto concreto y uso concreto (cultivo, plaga, dosis y sistema de cultivo): no se puede extrapolar de una sustancia a otro producto. Esta página reproduce datos del registro oficial con fines informativos; no sustituye a la etiqueta, a la ficha oficial ni al asesoramiento de un técnico o asesor autorizado.
Datos del producto
- Nº de registro
- 16741
- Estado
- Vigente
- Titular
- FMC Agricultural Solutions S.A.U.
- Fabricante
- QEMETICA Agricultural Solutions Spain S.L.U.
- Formulado
- CLORTOLURON 50% [SC] P/V
- Sustancias activas
- Clortoluron (50 %)
- Fecha de registro
- 22-02-1984
- Fecha de caducidad de la autorización
- 30-06-2028
- Otras denominaciones
- CLORCUAT
- Ficha oficial
- Ficha oficial del producto en el MAPA (PDF)
Usos autorizados, dosis y plazo de seguridad
4 usos autorizados según el registro, en 2 cultivos. Despliega cada cultivo para ver sus plagas, dosis y plazos.
Cebada (2 usos)
- Dicotiledóneas anuales · Monocotiledóneas anuales
Dosis: 3–3,6 l/ha · Aplicaciones: 1 · Plazo de seguridad: No procede (el registro escribe «NP»)
Trigo (2 usos)
- Dicotiledóneas anuales · Monocotiledóneas anuales
Dosis: 3–3,6 l/ha · Aplicaciones: 1 · Plazo de seguridad: No procede (el registro escribe «NP»)
ver nota 1
No procede: El registro indica que el plazo de seguridad no procede para este uso (no se fija un número de días). No equivale a «0 días»: consulta la etiqueta.
Condicionamiento general de la autorización
La aplicación puede efectuarse en preemergencia del cultivo, inmediatamente después de la siembra, o en post-emergencia del mismo hasta el estado de 4 hojas desplegadas. En la etiqueta se indicará los riesgos de utilización del producto, si el estado vegetativo del cultivo no es satisfactorio, si la dosificación no es la adecuada o se tratan variedades no ensayadas. Uso reservado a agricultores y aplicadores profesionales (cultivos agrícolas, plantaciones agrícolas). Producto no autorizado en ámbitos distintos de la producción primaria agraria definidos en el artículo 46 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre.
Notas específicas de los usos
- Variedades blandas y semiduras.
Dato del Registro del MAPA a fecha 23-10-2026. Fuente: Registro Oficial de Productos Fitosanitarios (ROPF) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), publicado en REGFIWEB. Campodato reproduce la información sin alterar su sentido; puede no estar completa o actualizada (aviso legal del MAPA). El registro se actualiza cada semana.