AZUPEC FLOW (nº de registro 17158)
Usos autorizados, dosis y plazo de seguridad según el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios.
Dato del Registro del MAPA a fecha 23-10-2026. Fuente: Registro Oficial de Productos Fitosanitarios (ROPF) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), publicado en REGFIWEB. Campodato reproduce la información sin alterar su sentido; puede no estar completa o actualizada (aviso legal del MAPA). El registro se actualiza cada semana.
Consulta siempre la etiqueta del producto. El plazo de seguridad es el de cada producto concreto y uso concreto (cultivo, plaga, dosis y sistema de cultivo): no se puede extrapolar de una sustancia a otro producto. Esta página reproduce datos del registro oficial con fines informativos; no sustituye a la etiqueta, a la ficha oficial ni al asesoramiento de un técnico o asesor autorizado.
Datos del producto
- Nº de registro
- 17158
- Estado
- Vigente
- Titular
- ASCENZA PRODUCTOS PARA AGRICULTURA S.A.U.
- Fabricante
- ASCENZA PRODUCTOS PARA AGRICULTURA S.A.U.
- Formulado
- AZUFRE 80% [SC] P/V
- Sustancias activas
- Azufre (80 %)
- Fecha de registro
- 23-04-1985
- Fecha de caducidad de la autorización
- 31-07-2027
- Ficha oficial
- Ficha oficial del producto en el MAPA (PDF)
Usos autorizados, dosis y plazo de seguridad
7 usos autorizados según el registro, en 6 cultivos. Despliega cada cultivo para ver sus plagas, dosis y plazos.
Arbustos y pequeños árboles ornamentales (1 uso)
- Oídios, Erysiphaceae
Dosis: desde 0,3 l/Hl · Aplicaciones: Máx. 3 (intervalo 10 días) · Plazo de seguridad: No procede
Sistema: F · Ámbito: Agrario · Usuario: Profesional · Método: Otros (ver condic.) · BBCH Realizar la primera aplicación al comienzo de la enfermedad. · ver nota 2
Coníferas (1 uso)
- Oídios, Erysiphaceae
Dosis: desde 0,3 l/Hl · Aplicaciones: Máx. 3 (intervalo 10 días) · Plazo de seguridad: No procede
Sistema: F · Ámbito: Agrario · Usuario: Profesional · Método: Otros (ver condic.) · BBCH Realizar la primera aplicación al comienzo de la enfermedad. · ver nota 1
Frondosas (1 uso)
- Oídios, Erysiphaceae
Dosis: desde 0,3 l/Hl · Aplicaciones: Máx. 3 (intervalo 10 días) · Plazo de seguridad: No procede
Sistema: F · Ámbito: Agrario · Usuario: Profesional · Método: Otros (ver condic.) · BBCH Realizar la primera aplicación al comienzo de la enfermedad. · ver nota 1
Palmáceas (1 uso)
- Oídios, Erysiphaceae
Dosis: desde 0,3 l/Hl · Aplicaciones: Máx. 3 (intervalo 10 días) · Plazo de seguridad: No procede
Sistema: F · Ámbito: Agrario · Usuario: Profesional · Método: Otros (ver condic.) · BBCH Realizar la primera aplicación al comienzo de la enfermedad. · ver nota 2
Tomate (2 usos)
- Oídio del tomate, Oidium neolycopersici · Oídio, oidiopsis, Leveillula taurica
Dosis: desde 0,2 l/Hl · Aplicaciones: Máx. 6 (intervalo 10 días) · Plazo de seguridad: No procede
Sistema: F · Ámbito: Agrario · Usuario: Profesional · Método: Otros (ver condic.) · BBCH Realizar la primera aplicación al comienzo de la enfermedad. · ver nota 4
Vid (1 uso)
- Oídio de la vid, Erysiphe necator
Dosis: desde 0,4 l/Hl · Aplicaciones: Máx. 8 (intervalo 7 días) · Plazo de seguridad: No procede
Sistema: F · Ámbito: Agrario · Usuario: Profesional · Método: Otros (ver condic.) · BBCH Realizar la primera aplicación en el estado de 5 a 8 hojas desplegadas. · ver nota 3
No procede: El registro indica que el plazo de seguridad no procede para este uso (no se fija un número de días). No equivale a «0 días»: consulta la etiqueta.
Condicionamiento general de la autorización
Fungicida/acaricida al aire libre por pulverización con tractor y/o manual con lanza/pistola o mochila. - No mezclar con aceites, ni productos de reacción alcalina, ni efectuar tratamientos a temperaturas demasiado elevadas. - No aplicar aceites minerales durante los 21 días anteriores o posteriores a la aplicación del azufre. - No aplicar en cultivos cuyos frutos sean destinados a conserva. En la etiqueta se darán las indicaciones oportunas para la correcta aplicación del producto Producto no autorizado en ámbitos distintos de la producción primaria agraria definidos en el artículo 46 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre.
Notas específicas de los usos
- Exclusivamente para uso ornamental. Aplicar a un máx. de 3 l/ha.
- Aplicar a un máx. de 3 l/ha.
- Aplicar un máx. de 4 l/ha.
- Aplicar a un máx. de 2 l/ha.
Dato del Registro del MAPA a fecha 23-10-2026. Fuente: Registro Oficial de Productos Fitosanitarios (ROPF) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), publicado en REGFIWEB. Campodato reproduce la información sin alterar su sentido; puede no estar completa o actualizada (aviso legal del MAPA). El registro se actualiza cada semana.