CEPSUL MOJABLE (nº de registro 18336)
Usos autorizados, dosis y plazo de seguridad según el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios.
Dato del Registro del MAPA a fecha 23-10-2026. Fuente: Registro Oficial de Productos Fitosanitarios (ROPF) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), publicado en REGFIWEB. Campodato reproduce la información sin alterar su sentido; puede no estar completa o actualizada (aviso legal del MAPA). El registro se actualiza cada semana.
Consulta siempre la etiqueta del producto. El plazo de seguridad es el de cada producto concreto y uso concreto (cultivo, plaga, dosis y sistema de cultivo): no se puede extrapolar de una sustancia a otro producto. Esta página reproduce datos del registro oficial con fines informativos; no sustituye a la etiqueta, a la ficha oficial ni al asesoramiento de un técnico o asesor autorizado.
Datos del producto
- Nº de registro
- 18336
- Estado
- Vigente
- Titular
- FIELD PROTECTION, S.L.
- Fabricante
- FIELD PROTECTION, S.L.
- Formulado
- AZUFRE 80% [WP] P/P
- Sustancias activas
- Azufre (80 %)
- Fecha de registro
- 24-11-1992
- Fecha de caducidad de la autorización
- 31-07-2027
- Ficha oficial
- Ficha oficial del producto en el MAPA (PDF)
Usos autorizados, dosis y plazo de seguridad
2 usos autorizados según el registro, en 2 cultivos. Despliega cada cultivo para ver sus plagas, dosis y plazos.
Tomate (1 uso)
- Oídio, oidiopsis, Leveillula taurica
Dosis: 0,6–2 Kg/ha · Aplicaciones: Máx. 6 (intervalo Mín. 10) · Plazo de seguridad: No procede (el registro escribe «NA»)
Caldo: Profesional: 400 - 1000 l/ha No profesional: 40-100 ml /m2 · ver nota 2
Vid (1 uso)
- Oídio de la vid, Erysiphe necator
Dosis: 0,2–0,4 % · Aplicaciones: Máx. 8 (intervalo Mín. 7) · Plazo de seguridad: No procede (el registro escribe «NA»)
Caldo: Profesional: 500 - 1000 l/ha No profesional: 50-100 ml /m2 · ver nota 1
No procede: El registro indica que el plazo de seguridad no procede para este uso (no se fija un número de días). No equivale a «0 días»: consulta la etiqueta.
Condicionamiento general de la autorización
Fungicida acaricida. Para uso profesional, en cultivos al aire libre, aplicar el producto mediante pulverización normal con tractor o pulverización manual con lanza/pistola o mochila. Para uso no profesional aplicar mediante pulverización manual con mochila de 5 L. Autorizado para agricultores y aplicadores profesionales (cultivos agrícolas, plantaciones agrícolas) y no profesionales (ámbitos distintos de la producción primaria agraria profesional: jardinería exterior doméstica). (Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios). Aplicar en pulverización normal, variando la dosis según temperatura ambiental, cultivo, época de tratamiento, etc. No mezclar con aceites ni productos de reacción alcalina, ni efectuar tratamientos a temperaturas demasiado elevadas. No aplicar aceites minerales durante los 21 días anteriores o posteriores a la aplicación del azufre. No aplicar en cultivos cuyos frutos sean destinados a conserva.
Notas específicas de los usos
- Uso al aire libre. Realizar la primera aplicación durante el desplegado de la 5º-8º hoja (BBCH 15-18). Dosis para uso no profesional 0,1-0,4 g/m2.
- Uso al aire libre. Realizar la primera aplicación al inicio de la enfermedad. Dosis para uso no profesional 0,06-0,2 g/m2.
Dato del Registro del MAPA a fecha 23-10-2026. Fuente: Registro Oficial de Productos Fitosanitarios (ROPF) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), publicado en REGFIWEB. Campodato reproduce la información sin alterar su sentido; puede no estar completa o actualizada (aviso legal del MAPA). El registro se actualiza cada semana.