TOMAHAWK (nº de registro 22779)

Usos autorizados, dosis y plazo de seguridad según el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios.

Dato del Registro del MAPA a fecha 23-10-2026. Fuente: Registro Oficial de Productos Fitosanitarios (ROPF) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), publicado en REGFIWEB. Campodato reproduce la información sin alterar su sentido; puede no estar completa o actualizada (aviso legal del MAPA). El registro se actualiza cada semana.

Consulta siempre la etiqueta del producto. El plazo de seguridad es el de cada producto concreto y uso concreto (cultivo, plaga, dosis y sistema de cultivo): no se puede extrapolar de una sustancia a otro producto. Esta página reproduce datos del registro oficial con fines informativos; no sustituye a la etiqueta, a la ficha oficial ni al asesoramiento de un técnico o asesor autorizado.

Datos del producto

Nº de registro
22779
Estado
Vigente
Titular
NUFARM ESPAÑA S.A.
Fabricante
NUFARM ESPAÑA S.A.
Formulado
FLUROXIPIR 20% (ESTER METILHEPTIL) [EC] P/V
Sustancias activas
Fluroxipir (20 %)
Fecha de registro
03-03-2006
Fecha de caducidad de la autorización
15-02-2027

Usos autorizados, dosis y plazo de seguridad

2 usos autorizados según el registro, en 2 cultivos. Despliega cada cultivo para ver sus plagas, dosis y plazos.

Cítricos (1 uso)
  • Dicotiledóneas, malas hierbas de hoja ancha
    Dosis: desde 1,5 l/ha · Aplicaciones: 1 · Plazo de seguridad: 15 días
    Caldo: 70-400 l/ha · ver nota 1
Olivo (1 uso)
  • Dicotiledóneas, malas hierbas de hoja ancha
    Dosis: desde 1,5 l/ha · Aplicaciones: 1 · Plazo de seguridad: 120 días
    Caldo: 70-400 l/ha · ver nota 2
Condicionamiento general de la autorización

Herbicida para el control en post-emergencia de malas hierbas dicotiledóneas. Aplicar mediante pulverización normal con tractor o manual con mochila. No aplicar en plantaciones de árboles menores de 4 años. No mojar los árboles, en especial los brotes jóvenes. El plazo de espera para la entrada del ganado en las parcelas tratadas es de 15 días. Uso reservado a agricultores y aplicadores profesionales (cultivos agrícolas, plantaciones agrícolas, praderas, eriales, pastizales, suelos, suelos agrícolas, forestales, terrenos forestales, redes de servicio, zonas industriales, campos de multiplicación, centros de recepción) (Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios). Producto no autorizado en ámbitos distintos de la producción primaria agraria definidos en el artículo 46 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre.

Notas específicas de los usos

  1. Aplicar desde “Reposo: Yemas vegetativas y de inflorescencias indiferenciadas, cerradas y cubiertas de escamas” (BBCH 00) hasta “Maduración avanzada: se va incrementando el color característico de cada cultivar” (BBCH 85). La aplicación en bandas no debe suponer más del 50 % de la superficie a tratar.
  2. En el caso de aceitunas para la producción de aceite, las olivas pueden ser recogidas del suelo, mientras que en el caso de aceitunas de mesa, las aceitunas deben ser recogidas directamente del árbol; respetando en cualquier caso el plazo de seguridad correspondiente. La aplicación en bandas no debe suponer más del 50% de la superficie a tratar.

Dato del Registro del MAPA a fecha 23-10-2026. Fuente: Registro Oficial de Productos Fitosanitarios (ROPF) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), publicado en REGFIWEB. Campodato reproduce la información sin alterar su sentido; puede no estar completa o actualizada (aviso legal del MAPA). El registro se actualiza cada semana.