SULTAN N (nº de registro 25050)

Usos autorizados, dosis y plazo de seguridad según el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios.

Dato del Registro del MAPA a fecha 23-10-2026. Fuente: Registro Oficial de Productos Fitosanitarios (ROPF) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), publicado en REGFIWEB. Campodato reproduce la información sin alterar su sentido; puede no estar completa o actualizada (aviso legal del MAPA). El registro se actualiza cada semana.

Consulta siempre la etiqueta del producto. El plazo de seguridad es el de cada producto concreto y uso concreto (cultivo, plaga, dosis y sistema de cultivo): no se puede extrapolar de una sustancia a otro producto. Esta página reproduce datos del registro oficial con fines informativos; no sustituye a la etiqueta, a la ficha oficial ni al asesoramiento de un técnico o asesor autorizado.

Datos del producto

Nº de registro
25050
Estado
Vigente
Titular
ADAMA Agriculture España S.A.
Fabricante
ADAMA Agriculture España S.A.
Formulado
METAZACLORO 50% [SC] P/V
Sustancias activas
Metazacloro (50 %)
Fecha de registro
10-12-2008
Fecha de caducidad de la autorización
31-10-2026

Usos autorizados, dosis y plazo de seguridad

22 usos autorizados según el registro, en 11 cultivos. Despliega cada cultivo para ver sus plagas, dosis y plazos.

Adormidera (2 usos)
  • Dicotiledóneas anuales · Monocotiledóneas anuales
    Dosis: desde 2 l/ha · Aplicaciones: 1 · Plazo de seguridad: No procede (el registro escribe «NP»)
    ver nota 2
Algodonero (2 usos)
  • Dicotiledóneas anuales · Monocotiledóneas anuales
    Dosis: desde 2 l/ha · Aplicaciones: 1 · Plazo de seguridad: No procede (el registro escribe «NP»)
    ver nota 2
Berza , col (2 usos)
  • Dicotiledóneas anuales · Monocotiledóneas anuales
    Dosis: 1,5–2 l/ha · Aplicaciones: 1 · Plazo de seguridad: No procede (el registro escribe «NP»)
    ver nota 6
Brécol (2 usos)
  • Dicotiledóneas anuales · Monocotiledóneas anuales
    Dosis: 1,5–2 l/ha · Aplicaciones: 1 · Plazo de seguridad: No procede (el registro escribe «NP»)
    ver nota 5
Camelina (2 usos)
  • Dicotiledóneas anuales · Monocotiledóneas anuales
    Dosis: 2 l/ha · Aplicaciones: 1 · Plazo de seguridad: No procede (el registro escribe «NP»)
    ver nota 4
Cártamo (2 usos)
  • Dicotiledóneas anuales · Monocotiledóneas anuales
    Dosis: desde 2 l/ha · Aplicaciones: 1 · Plazo de seguridad: No procede (el registro escribe «NP»)
    ver nota 2
Cítricos (2 usos)
  • Dicotiledóneas anuales · Monocotiledóneas anuales
    Dosis: 0,75–1 l/ha · Aplicaciones: 1 · Plazo de seguridad: No procede (el registro escribe «NP»)
    ver nota 1
Col de Bruselas (2 usos)
  • Dicotiledóneas anuales · Monocotiledóneas anuales
    Dosis: 1,5–2 l/ha · Aplicaciones: 1 · Plazo de seguridad: No procede (el registro escribe «NP»)
    ver nota 6
Coliflor (2 usos)
  • Dicotiledóneas anuales · Monocotiledóneas anuales
    Dosis: 1,5–2 l/ha · Aplicaciones: 1 · Plazo de seguridad: No procede (el registro escribe «NP»)
    ver nota 5
Colza (2 usos)
  • Dicotiledóneas anuales · Monocotiledóneas anuales
    Dosis: desde 2 l/ha · Aplicaciones: 1 · Plazo de seguridad: No procede (el registro escribe «NP»)
    ver nota 3
Repollo (2 usos)
  • Dicotiledóneas anuales · Monocotiledóneas anuales
    Dosis: 1,5–2 l/ha · Aplicaciones: 1 · Plazo de seguridad: No procede (el registro escribe «NP»)
    ver nota 6

No procede: El registro indica que el plazo de seguridad no procede para este uso (no se fija un número de días). No equivale a «0 días»: consulta la etiqueta.

Condicionamiento general de la autorización

Aplicar en pulverización con tractor. Máximo 1 kg/ha de sustancia activa cada 3 años en una misma parcela.

Notas específicas de los usos

  1. Aplicar en plantaciones a partir del segundo año y hasta un año antes de la primera cosecha.
  2. (Uso menor autorizado por procedimiento nacional) Aplicar en preemergencia o post-emergencia precoz del cultivo. Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*)
  3. Aplicar en preemergencia o post-emergencia precoz del cultivo.
  4. (Uso menor autorizado por procedimiento nacional): Aplicar en preemergencia o post-emergencia precoz del cultivo. Ver el apartado de "otras indicaciones reglamentarias" lo referente a usos menores (*).
  5. Aplicar en postrasplante, una vez arraigadas, hasta un BBCH máximo de 19.
  6. Aplicar en postrasplante, una vez arraigadas, hasta un BBCH máximo de 16.

Dato del Registro del MAPA a fecha 23-10-2026. Fuente: Registro Oficial de Productos Fitosanitarios (ROPF) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), publicado en REGFIWEB. Campodato reproduce la información sin alterar su sentido; puede no estar completa o actualizada (aviso legal del MAPA). El registro se actualiza cada semana.