ATLANTIS OD (nº de registro 25917)

Usos autorizados, dosis y plazo de seguridad según el Registro Oficial de Productos Fitosanitarios.

Dato del Registro del MAPA a fecha 23-10-2026. Fuente: Registro Oficial de Productos Fitosanitarios (ROPF) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), publicado en REGFIWEB. Campodato reproduce la información sin alterar su sentido; puede no estar completa o actualizada (aviso legal del MAPA). El registro se actualiza cada semana.

Consulta siempre la etiqueta del producto. El plazo de seguridad es el de cada producto concreto y uso concreto (cultivo, plaga, dosis y sistema de cultivo): no se puede extrapolar de una sustancia a otro producto. Esta página reproduce datos del registro oficial con fines informativos; no sustituye a la etiqueta, a la ficha oficial ni al asesoramiento de un técnico o asesor autorizado.

Datos del producto

Nº de registro
25917
Estado
Vigente
Titular
BAYER CROPSCIENCE, S.L. (Barcelona)
Fabricante
BAYER AG (LEVERKUSEN)
Formulado
IODOSULFURON-METIL-SODIO 0,2% + MESOSULFURON METIL 1% [OD] P/V
Fecha de registro
16-05-2018
Fecha de caducidad de la autorización
31-03-2033

Usos autorizados, dosis y plazo de seguridad

1 usos autorizados según el registro, en 1 cultivo. Despliega cada cultivo para ver sus plagas, dosis y plazos.

Trigo (1 uso)
  • Malas hierbas
    Dosis: 1,2–1,5 l/ha · Aplicaciones: Sin dato · Plazo de seguridad: No procede (el registro escribe «NP»)
    Caldo: 200-400 l/ha · ver nota 1

No procede: El registro indica que el plazo de seguridad no procede para este uso (no se fija un número de días). No equivale a «0 días»: consulta la etiqueta.

Condicionamiento general de la autorización

Herbicida de post-emergencia. Aplicar mediante pulverización normal dirigida al suelo. El producto se aplica en asociación con BIOPOWER (mojante) a la dosis de 1l/ha. Uso reservado a agricultores y aplicadores profesionales (cultivos agrícolas y plantaciones agrícolas). Producto no autorizado en ámbitos distintos de la producción primaria agraria definidos en el artículo 46 del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre.

Notas específicas de los usos

  1. Exclusivamente para trigo duro y trigo blando. Realizar una única aplicación por campaña en post-emergencia del cultivo, desde el estadio de inicio del ahijamiento hasta el segundo nudo.

Dato del Registro del MAPA a fecha 23-10-2026. Fuente: Registro Oficial de Productos Fitosanitarios (ROPF) del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), publicado en REGFIWEB. Campodato reproduce la información sin alterar su sentido; puede no estar completa o actualizada (aviso legal del MAPA). El registro se actualiza cada semana.