Guía formativa · Bodega
Qué es SILICIE y qué bodegas están obligadas (guía 2026)
Qué es SILICIE, qué bodegas están obligadas, el umbral de 100.000 L y el marco legal (Orden HAC/998/2019). Guía para bodegueros y asesores.
ACTUALIZADO · 15 AGO 2026 · LECTURA: 6 MIN
- 1. Por qué una bodega entra en Impuestos Especiales si el vino está al 0 %
- 2. Qué es SILICIE: definición y base legal exacta
- 3. Quién está obligado a SILICIE en 2026
- 4. La excepción del pequeño elaborador: ≤ 100.000 litros
- 5. Cómo funciona SILICIE por dentro: integridad y anulación
- 6. Los tres planos de registro de una bodega
- 7. Obligaciones complementarias: documentos de acompañamiento, INFOVI y subproductos
- 8. Cómo Campodato gestiona la contabilidad SILICIE
- 9. Preguntas frecuentes (FAQ)
- 10. Conclusión y siguientes pasos
SILICIE (Suministro Inmediato de Libros Contables de Impuestos Especiales) es el sistema con el que la AEAT recibe casi en tiempo real la contabilidad de productos de quienes fabrican o almacenan productos sujetos a Impuestos Especiales (incluyendo las bodegas de vino, aunque el vino tribute al 0 %). Están obligados en general quienes son titulares de una «fábrica de vino» a efectos fiscales; quienes no superan los 100.000 litros anuales —computando la producción de todos los establecimientos de los que sean titulares— pueden solicitar la excepción del pequeño elaborador y seguir con libros en papel y modelo 553. El sistema se rige por la Orden HAC/998/2019, modificada por la Orden HAC/566/2020, al amparo de la Ley 38/1992 y el art. 50 del RD 1165/1995.
1. Por qué una bodega entra en Impuestos Especiales si el vino está al 0 %
Muchos bodegueros se sorprenden al descubrir que su actividad cae bajo el paraguas de los Impuestos Especiales de Fabricación (IIEE). La razón es técnica pero sencilla: los IIEE gravan la fabricación, importación o introducción en el ámbito territorial de ciertos productos, y el vino figura expresamente en su ámbito de aplicación desde la Ley 38/1992, aunque el legislador haya fijado su tipo impositivo en cero euros por hectolitro (Título III, relativo al Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas).
El tipo 0 % no elimina la condición de producto sujeto; solo neutraliza la carga tributaria que en otro caso habría de soportar el consumidor final. Pero las obligaciones formales (inscripción, llevanza de libros y, en su caso, suministro electrónico a la AEAT) permanecen íntegras. La razón de fondo es el control de trazabilidad fiscal: la AEAT necesita saber qué entra, qué sale y qué se transforma en cada establecimiento que fabrica o almacena productos sujetos, sea cual sea su tipo.
Desde el punto de vista operativo, esto convierte a tu bodega en una «fábrica de vino» a efectos del RD 1165/1995 (Reglamento de los Impuestos Especiales), con las siguientes consecuencias:
- Inscripción en el registro territorial de la Agencia Tributaria correspondiente a tu domicilio fiscal.
- Obtención de un CAE (Código de Actividad y Establecimiento), identificador único que vincula tus asientos de contabilidad a un establecimiento físico.
- Obligación de llevar contabilidad de productos: entradas (uva, mosto, vino de otros establecimientos), elaboración, salidas (ventas, traslados, autoconsumo), mermas y existencias.
Este tercer plano de registro convive con el cuaderno de campo del viñedo (autoridad: MAPA/CCAA, marco SIEX) y con los libros vitivinícolas de la bodega (autoridad: CCAA, Reg. UE 2018/273). Son tres sistemas distintos, con tres autoridades distintas y tres formatos de registro. No basta con llevar uno para cubrir los otros.
2. Qué es SILICIE: definición y base legal exacta
SILICIE es el acrónimo de Suministro Inmediato de Libros Contables de Impuestos Especiales. El sistema permite que los establecimientos obligados transmitan su contabilidad de productos a la AEAT de forma electrónica, casi en tiempo real, en lugar de presentarla periódicamente en papel o mediante el modelo 553.
Base legal
Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales — marco general del tributo.
RD 1165/1995, de 7 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Impuestos Especiales — art. 50, contabilidad de productos.
Orden HAC/998/2019, de 23 de septiembre — crea el sistema SILICIE y regula el suministro electrónico de libros contables de IIEE. En vigor desde el 1 de enero de 2020.
Orden HAC/566/2020, de 12 de junio — modifica la Orden HAC/998/2019 (SILICIE).
Cuando una bodega suministra la contabilidad a través de SILICIE, la presentación del modelo 553 queda suprimida: el suministro electrónico lo sustituye íntegramente y da a la AEAT un control prácticamente en tiempo real de los movimientos de productos.
Qué contiene un asiento SILICIE
Cada movimiento que registras en tu bodega genera un asiento de contabilidad que la norma exige que incluya, como mínimo:
- Tipo de movimiento (entrada, salida, autoconsumo, merma, elaboración, regularización, anulación).
- Epígrafe del producto según la tabla de IIEE vigente.
- Cantidad en unidades y unidad de medida (normalmente hectolitros o litros).
- Fecha del movimiento y fecha de anotación.
- Régimen fiscal (régimen suspensivo, despacho a consumo, etc.).
- Justificante o documento de acompañamiento vinculado.
- Número correlativo del asiento dentro de la contabilidad del establecimiento.
En Campodato, cada asiento entra además en una cadena de integridad: el número correlativo y la posición en la cadena se incorporan a la huella criptográfica, de modo que no se puede alterar un asiento sin que la verificación lo detecte.
3. Quién está obligado a SILICIE en 2026
La Orden HAC/998/2019 establece la obligación de suministrar la contabilidad por SILICIE para los siguientes tipos de establecimientos:
| Tipo de establecimiento | Obligado a SILICIE |
|---|---|
| Fábricas (incluidas las de vino, salvo excepción) | Sí |
| Depósitos fiscales | Sí |
| Depósitos de recepción | Sí |
| Almacenes fiscales | Sí |
| Fábricas de vinagre | Sí |
| Pequeño elaborador ≤ 100.000 L/año (con habilitación) | No (excepción) |
Para las bodegas de vino, el criterio determinante es el volumen anual de producción en relación con el umbral del pequeño elaborador. Si tu bodega supera ese umbral, la obligación de SILICIE es la regla general; si no lo supera y cumples los requisitos formales, puedes acogerte a la excepción.
¿Cuándo nace la obligación?
La obligación nace desde el momento en que obtienes la inscripción en el registro territorial y el CAE como fábrica de vino. La contabilidad de SILICIE corre desde el primer movimiento de productos en tu establecimiento, no desde el primer año completo.
El CAE: el DNI fiscal de tu bodega
El CAE es el identificador que vincula todos tus asientos de contabilidad a un establecimiento físico concreto. Si tienes varias naves o llagares en ubicaciones distintas, cada uno puede tener su propio CAE, y la contabilidad se lleva por establecimiento. Los trasiegos entre depósitos del mismo CAE son movimientos internos que no alteran el saldo del establecimiento; un trasiego entre CAEs distintos sí requiere documentos de circulación (e-DA vía EMCS).
4. La excepción del pequeño elaborador: ≤ 100.000 litros
La norma reconoce una excepción específica para los pequeños elaboradores: bodegas cuya producción anual no supera los 100.000 litros. Para acogerse a ella deben cumplirse dos condiciones:
- Volumen: producción anual igual o inferior a 100.000 litros.
- Habilitación previa: los libros en papel deben ser habilitados por la oficina gestora de la AEAT antes de realizar cualquier apunte. Si ya has anotado movimientos sin habilitación, el libro no es válido.
Si cumples ambas condiciones:
- No estás obligado a SILICIE.
- Llevas la contabilidad en soporte papel, siguiendo el mismo esquema de asientos (entradas, salidas, existencias, mermas).
- Presentas el modelo 553 con la periodicidad que establezca tu oficina gestora.
Tabla comparativa: SILICIE vs. papel + modelo 553
| SILICIE | Pequeño elaborador (papel + modelo 553) | |
|---|---|---|
| Umbral de producción | Sin límite superior (regla general) | ≤ 100.000 L/año |
| Soporte del libro | Electrónico | Papel habilitado por la oficina gestora antes del primer apunte |
| Modelo 553 | Suprimido | Se sigue presentando |
| Plazo de suministro | Referencia general: 24 horas hábiles desde el movimiento (verificar por tipo de asiento con la Orden HAC/998/2019) | Periódico según el 553 |
| Control AEAT | Casi en tiempo real | Periódico |
| Base legal | Orden HAC/998/2019 (mod. Orden HAC/566/2020) | Excepción del pequeño elaborador (mismo marco Ley 38/1992 / RD 1165/1995) |
¿Qué pasa si creces y superas el umbral?
Si en algún ejercicio tu producción supera los 100.000 litros, debes pasar al régimen general de SILICIE. El paso no es automático: requiere comunicar el cambio a la oficina gestora y dar de alta el suministro electrónico. Conviene planificarlo con antelación si tu bodega está en expansión.
5. Cómo funciona SILICIE por dentro: integridad y anulación
La Orden HAC/998/2019 (modificada por la Orden HAC/566/2020) define cómo se lleva la contabilidad electrónica de Impuestos Especiales. Estos son los rasgos que más afectan a una bodega:
5.1. Numeración correlativa sin huecos
Los asientos se numeran de forma correlativa por establecimiento (CAE). La numeración no puede retroceder ni dejar huecos: la contabilidad debe ser completa y ordenada.
5.2. Suministro por asiento o conjunto de asientos
La orden admite tanto el suministro individual de cada asiento como el suministro conjunto de un grupo de asientos contables. Para bodegas con muchos movimientos diarios, agrupar el suministro reduce la frecuencia de comunicaciones con la AEAT. Las condiciones exactas conviene verificarlas con la oficina gestora.
5.3. Régimen de anulación: asiento posterior, nunca borrado
En SILICIE, la anulación de un asiento es siempre un nuevo apunte que referencia al asiento anulado, no una modificación ni un borrado del registro original. Esto es coherente con el principio de append-only (cadena que solo crece) que también rige en Verifactu y en el registro de jornada laboral: la integridad del registro no puede verse comprometida por ediciones retroactivas.
5.4. Plazo de referencia
El asiento debe registrarse dentro de las 24 horas hábiles siguientes al movimiento; el suministro electrónico posterior se realiza en el plazo que fija la orden según el tipo de asiento. Verifica el plazo exacto en el BOE (Orden HAC/998/2019) o con la oficina gestora.
🔴 Si elaboras vino, ese plazo de 24 horas NO es el tuyo. Es la regla general del art. 6.3 de
la Orden HAC/998/2019, pero su disposición adicional primera establece una especialidad
mientras el tipo del Impuesto sobre el Vino sea cero —que lo es—:
| Quién | Plazo real para suministrar |
|---|---|
| Elaborador de vino o bebidas fermentadas | El último día hábil del mes siguiente a aquel en que se realice el movimiento |
| Elaborador de vino ≤ 100.000 L/año (sumando todos sus establecimientos) | Dos ventanas al año: el último día hábil de diciembre para lo de agosto a noviembre, y el último día hábil de agosto para lo de diciembre a julio |
Además, las operaciones de elaboración, las entradas de materias primas y las salidas por venta
al por menor de un mes natural se pueden considerar realizadas el último día de ese mes y
suministrarse agregadas en un único asiento mensual.
El volumen que decide la ventana es el del año natural inmediato anterior (elevado al año si
la actividad duró menos). Verificado en el consolidado de la orden, 1-ago-2026.
Resumen de rasgos del régimen SILICIE
| Rasgo | Descripción |
|---|---|
| Numeración correlativa | Sin huecos ni retrocesos, por establecimiento (CAE) |
| Suministro | Por asiento o conjunto de asientos contables |
| Anulación = asiento nuevo | Jamás se borra ni edita un asiento ya enviado |
| Plazo de referencia | 24 horas hábiles desde el movimiento para registrar el asiento |
6. Los tres planos de registro de una bodega
Una bodega de vino con viñedo propio debe mantener hasta tres registros distintos, cada uno con su autoridad y su formato. Confundirlos es uno de los errores más frecuentes:
| Plano | Qué registra | Autoridad | Base legal principal |
|---|---|---|---|
| Cuaderno de campo / SIEX | Labores del viñedo, tratamientos fitosanitarios, fertilización, cosecha | MAPA / CCAA (SIEX) | RD 1054/2022; Orden APA/204/2023 |
| Libros vitivinícolas de bodega | Entradas y salidas de vino, prácticas enológicas, existencias, mermas, documentos de acompañamiento | CCAA (Inspección de Industrias Alimentarias) | Reg. (UE) 2018/273 y 2018/274; RD 739/2015 |
| Contabilidad SILICIE / IIEE | Existencias de productos sujetos a IIEE, régimen fiscal, documento de circulación | AEAT | Ley 38/1992; RD 1165/1995 art. 50; Orden HAC/998/2019 |
Los tres registros comparten datos (la cosecha entra en los tres), pero los formatos, los plazos y las consecuencias de incumplimiento son distintos. La clave para no teclear el mismo dato tres veces es que tu software vincule el movimiento físico a los tres registros a la vez.
Conservación de los libros
Los libros vitivinícolas deben conservarse a disposición de la Inspección durante al menos 5 años tras la liquidación de las cuentas a que se refieran (art. 35.3 del Reg. de Ejecución UE 2018/274; el marco general, en el Reg. UE 2018/273 y el RD 739/2015). Para los libros de SILICIE, la obligación de conservación se rige por la legislación general tributaria; como mínimo, mientras estén vigentes las obligaciones derivadas o hasta que prescriban las actuaciones de comprobación de la AEAT.
7. Obligaciones complementarias: documentos de acompañamiento, INFOVI y subproductos
Junto con la contabilidad de SILICIE, el bodeguero debe atender varias obligaciones que el propio marco de IIEE y la normativa vitivinícola imponen.
7.1. Documentos de acompañamiento al transporte
Cuando el vino sale de tu establecimiento, en régimen suspensivo o después del despacho a consumo, debe ir acompañado del documento de circulación correspondiente:
- e-DA (Documento Administrativo Electrónico) tramitado a través del sistema EMCS (Excise Movement and Control System), para movimientos en régimen suspensivo dentro de la UE.
- Modelo 525 como contingencia, según la Orden HAC/481/2019, cuando EMCS no esté disponible.
- MVV o documento validado (art. 10 del Reg. UE 2018/273): el número de validación correlativo es obligatorio en los documentos de acompañamiento vitivinícola.
7.2. Declaraciones e INFOVI
El RD 739/2015 obliga a presentar declaraciones vitivinícolas ante el INFOVI (sistema de declaraciones del Ministerio): declaración de producción, declaración de existencias a 31 de julio y declaración de cosecha. Son obligaciones de Agricultura, distintas de la contabilidad AEAT (ver el detalle en modelo 553 e INFOVI: las declaraciones de la bodega).
7.3. Subproductos: orujos, lías y raspón
Los orujos y lías con más de 1,2 % vol entran en el ámbito del Impuesto sobre el Alcohol (un impuesto especial diferente al del vino) y deben reflejarse en la contabilidad de IIEE. Los códigos de nomenclatura combinada de referencia son orujos (NC 2308 00 19) y lías (NC 2307 00 19). El raspón, cuando no tiene aprovechamiento alcohólico, se trata como residuo y no genera asiento de IIEE.
8. Cómo Campodato gestiona la contabilidad SILICIE
Campodato incluye un módulo específico (bodega-silicie) que conecta el movimiento físico de tu bodega con la contabilidad de Impuestos Especiales. Las capacidades son las de las Olas 1-9 del producto, que se describen a continuación (si prefieres verlo aplicado al ciclo real de la vendimia, tienes el manual SILICIE de bodega: vendimia a embotellado).
Dato único: del movimiento de bodega al asiento SILICIE
El bodeguero registra el movimiento como lo vive en la bodega, en el lenguaje de su oficio, y el módulo deriva el apunte de IIEE sin que sea necesario rellenarlo por separado:
| Movimiento de bodega | Asiento SILICIE | Efecto en existencias del CAE |
|---|---|---|
| Entrada | entrada | +unidades |
| Salida | salida | −unidades |
| Autoconsumo | autoconsumo | −unidades |
| Merma | merma | −unidades |
| Trasiego entre depósitos del mismo CAE | elaboracion | 0 (el vino solo cambia de recipiente) |
| Mosto → vino | Dos regularizacion (baja del mosto, alta del vino) | ±unidades por tipo |
| Anulación | Nuevo asiento anulacion que referencia al original | Saldo ajustado |
La aritmética es decimal exacta a 4 decimales (escala entera con BigInt, sin errores de coma flotante), coherente con la columna numeric(16,4) de la base de datos.
Guard de régimen: pequeño elaborador protegido
Si tu bodega está configurada como pequeño elaborador (papel + modelo 553), el módulo bloquea automáticamente cualquier intento de remisión electrónica y te recuerda el umbral de 100.000 L. El libro de existencias se lleva igualmente con el mismo detalle; lo que cambia es el canal de suministro a la AEAT.
Cadena de hash append-only
Cada asiento lleva una huella SHA-256 calculada sobre los campos del movimiento más la huella del asiento anterior. El número correlativo legal y la posición en la cadena entran ambos en el cálculo: ni uno ni otro pueden retroceder sin que la verificación lo detecte. El módulo comprueba la cadena completa de un establecimiento y señala el índice exacto del primer asiento roto y el motivo. Es la misma primitiva criptográfica que usan Verifactu y el registro de jornada laboral en Campodato.
Declaración por asiento o por grupo de asientos
El módulo genera la declaración en cualquiera de las dos modalidades que admite SILICIE: por asiento individual o por grupo de asientos (agrupando por tipo, epígrafe, producto y unidad del mes). El lote lleva su propio loteHash, reverificable contra la cadena de asientos, de modo que cualquier auditor puede cotejar que el lote declarado corresponde a los asientos reales.
Remisión en modo de pruebas (sandbox, por diseño)
La remisión a la AEAT funciona exclusivamente en modo sandbox mientras no haya un certificado de establecimiento y una decisión expresa del titular. El sistema tiene un guard en el código y un control en la base de datos que impiden físicamente hablar con el entorno de producción de la AEAT. Esto evita que un asiento de prueba se envíe al sistema real por error.
Qué no está construido
Para no sobrevender, conviene señalar dónde termina el módulo:
- Remisión a producción de la AEAT: no está activa. Exige el certificado del establecimiento y la decisión expresa del titular; hasta entonces, el guard del código y el control de la base de datos impiden hablar con el entorno real.
- Presentación por el canal autonómico e INFOVI: las declaraciones vitivinícolas (cosecha, producción y existencias) sí se generan, en la pantalla de Registro vitícola, pero como borrador. No hay interfaz con el portal INFOVI ni con el sistema de libros de ninguna comunidad autónoma: la presentación la haces tú o tu gestoría.
- e-DA EMCS: existe como pantalla propia y genera el documento con su ARC, pero el ARC es simulado y no hay transmisión al EMCS de la AEAT. Un e-DA de pruebas tampoco genera asiento SILICIE ni toca el libro de existencias.
9. Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Qué significa que el vino esté al 0 % pero siga siendo un Impuesto Especial?
El tipo impositivo cero significa que no pagas cuota de IIEE por el vino que produces. Pero el vino sigue estando en el ámbito del Impuesto sobre el Vino y Bebidas Fermentadas (Ley 38/1992), lo que obliga a tu bodega a inscribirse, obtener el CAE y llevar contabilidad de productos (tanto si suministras por SILICIE como si te acoges al papel + modelo 553). El tipo 0 % solo neutraliza la carga económica; no elimina las obligaciones formales de control.
¿Tengo que tener un CAE aunque sea un pequeño elaborador?
Sí. La obtención del CAE es independiente del régimen (SILICIE o papel + modelo 553). Todo establecimiento que fabrique o almacene productos sujetos a IIEE (incluido el pequeño elaborador de vino) debe estar inscrito en el registro territorial de la AEAT y tener asignado su CAE. Lo que cambia entre los regímenes es el canal de suministro de la contabilidad a la AEAT, no la inscripción.
¿El trasiego entre mis depósitos genera un asiento de entrada y otro de salida?
No, si los depósitos están dentro del mismo CAE. El trasiego es un movimiento interno de producción: el vino cambia de recipiente pero no entra ni sale del establecimiento. En contabilidad SILICIE se registra como un asiento de elaboracion sin efecto en el saldo total del CAE. Distinto es el traslado a otro establecimiento con CAE diferente, que sí requiere e-DA y genera entrada/salida.
¿Afecta el régimen de SILICIE a una bodega pequeña?
Si ya te acoges a la excepción del pequeño elaborador (papel + modelo 553), el régimen electrónico de SILICIE no te afecta directamente: sigues en el mismo régimen. Las obligaciones de SILICIE (Orden HAC/998/2019) aplican a quienes suministran electrónicamente. Lo que sí debes tener en cuenta es que, si superas el umbral en algún ejercicio, deberás pasar al suministro electrónico por SILICIE.
¿Puedo rectificar un asiento de SILICIE si me equivoco?
No existe la «edición» ni el «borrado» de asientos en SILICIE. Si has enviado un asiento con error, la corrección se hace mediante un nuevo asiento de anulación que referencia al asiento erróneo, seguido de un nuevo asiento correcto. La cadena de asientos solo crece (append-only); la AEAT puede ver tanto el error como la corrección. Es el mismo principio que rige en Verifactu: la integridad del registro depende de que nada desaparezca.
¿Qué pasa si no llevo la contabilidad de SILICIE o la llevo mal?
El incumplimiento de las obligaciones formales de los Impuestos Especiales está tipificado en la Ley 38/1992 y puede dar lugar a sanciones tributarias. Además, la falta de documentación puede implicar que la AEAT presuma que los productos han sido despachados a consumo sin el control debido, lo que abre la puerta a liquidaciones de cuota. Más allá del vino, si también produces o almacenas otros productos con tipo distinto de cero (p. ej. destilados), el riesgo económico es proporcional al tipo. Para conocer las sanciones concretas aplicables a tu situación, consulta con tu oficina gestora o asesor fiscal.
10. Conclusión y siguientes pasos
SILICIE no es un trámite burocrático más: es el mecanismo por el que la AEAT controla qué entra, qué sale y qué se produce en tu bodega, aunque el tipo impositivo del vino sea cero. Conocer el umbral que te separa del pequeño elaborador y el marco legal de SILICIE te permite planificar la llevanza de libros con seguridad y evitar sorpresas en una inspección.
Si gestionas una bodega con viñedo propio, recuerda que este registro convive con otros dos igualmente obligatorios: el cuaderno de campo para el viñedo (SIEX/REA) y los libros vitivinícolas de tu comunidad autónoma. Tres planos, tres autoridades, pero en la práctica muchos datos son los mismos. Un software que vincule los tres desde el movimiento físico te ahorra trabajo y reduce el riesgo de inconsistencias.
¿Quieres ver cómo Campodato lleva la contabilidad SILICIE de una bodega sin doblar el trabajo de registro? El módulo de bodega está disponible para una demostración con los datos reales de tu establecimiento.
Fuentes oficiales
- Ley 38/1992, de Impuestos Especiales — BOE
- RD 1165/1995, Reglamento de los Impuestos Especiales — BOE
- Orden HAC/998/2019 (SILICIE) — BOE
- Orden HAC/566/2020 (modifica la Orden HAC/998/2019) — BOE
- Portal SILICIE de la AEAT
Guía informativa del Equipo Campodato (Summum Marketing). Última revisión: junio de 2026. No sustituye al asesoramiento fiscal; verifica umbrales, plazos y tu situación con la oficina gestora de la AEAT o tu asesoría. Los plazos exactos por tipo de asiento deben confirmarse en el BOE (Orden HAC/998/2019) o con la oficina gestora.
Formación de Campodato. Te llevamos del primer apunte al cumplimiento completo.