SIEX
Qué es el SIEX y el cuaderno de explotación: guía clara para agricultores
Qué es el SIEX cuaderno de explotación: explicamos el SIEX, el REA, el CUE y el IUWS en lenguaje llano para que sepas qué registrar y desde cuándo.
ACTUALIZADO · 13 JUN 2026 · LECTURA: 6 MIN
- Índice
- El SIEX: qué es y para qué sirve {#el-siex}
- El REA: tu explotación en el registro autonómico {#el-rea}
- El CUE: el cuaderno de campo que la ley exige {#el-cue}
- El IUWS: el puente entre el software y la administración {#el-iuws}
- Qué hay que registrar, campo a campo {#que-registrar}
- Cuándo es obligatorio llevar el cuaderno digital {#cuando-obligatorio}
- Un dato, todas las salidas: cómo simplificar el trabajo {#un-dato}
- Preguntas frecuentes {#faq}
Si llevas una explotación agrícola en España, en los últimos años habrás escuchado hablar del SIEX, del cuaderno de explotación digital o del CUE. Quizá también del REA, del IUWS y de siglas que suenan a burocracia imposible. Esta guía te explica cada pieza en román paladino, qué obliga a qué y cómo encajan entre sí.
La respuesta corta: el SIEX es el gran registro estatal donde acaba toda la información de tu explotación. El cuaderno de explotación (CUE) es el cuaderno en el que apuntas lo que haces en el campo. El REA es el registro de tu explotación en tu comunidad autónoma. Los tres están conectados, y el software privado puede hablar con todos ellos a través del IUWS.
Índice
- El SIEX: qué es y para qué sirve
- El REA: tu explotación en el registro autonómico
- El CUE: el cuaderno de campo que la ley exige
- El IUWS: el puente entre el software y la administración
- Qué hay que registrar, campo a campo
- Cuándo es obligatorio llevar el cuaderno digital
- Un dato, todas las salidas: cómo simplificar el trabajo
- Preguntas frecuentes (FAQ)
El SIEX: qué es y para qué sirve {#el-siex}
El SIEX (Sistema de Información de Explotaciones Agrícolas y Ganaderas) es la plataforma estatal creada por el Real Decreto 1054/2022 que centraliza, bajo el paraguas del Ministerio de Agricultura (MAPA) y el FEGA, los datos de todas las explotaciones agrarias de España.
No es una aplicación que uses tú directamente. Es, más bien, la gran base de datos donde confluyen el Registro de Explotaciones Agrícolas, los cuadernos de campo, los datos del ROPO (registro de operadores y aplicadores), del ROMA (maquinaria), del REGEPA (ganadería) y de otras fuentes oficiales.
¿Por qué lo crearon? Para que la Administración pueda tener una visión integrada de cada explotación y verificar, por ejemplo, que los tratamientos fitosanitarios declarados en el cuaderno son coherentes con las solicitudes de ayudas PAC, o que se cumplen los requisitos de los ecorregímenes.
Lo importante para ti: el SIEX no accede de forma continua a tus datos. Solo los recibe en los momentos en que tu comunidad autónoma hace el volcado periódico (trimestralmente desde 2025), y siempre con tu confirmación como titular.
El REA: tu explotación en el registro autonómico {#el-rea}
El REA (Registro de Explotaciones Agrícolas) es el registro que gestiona cada comunidad autónoma. Contiene los datos fijos de tu explotación: superficies, recintos SIGPAC, cultivos declarados, titular, NIF, sistema de producción y el Código SIEX que te identifica.
El Código SIEX tiene 14 posiciones y empieza por «ES» seguido de 12 dígitos. Es el DNI de tu explotación ante la Administración.
El REA se actualiza cuando declaras la solicitud única PAC o cuando comunicas cambios en tus parcelas. Si usas un software de cuaderno habilitado en tu comunidad autónoma, ese software puede leer del REA los datos de tus parcelas y cultivos para que no tengas que teclearlos dos veces. Ese intercambio se hace a través del IUWS (lo explicamos más adelante).
El CUE: el cuaderno de campo que la ley exige {#el-cue}
El CUE (Cuaderno de Explotación) es el registro obligatorio de las operaciones que realizas en tu explotación. Antes existía en papel; ahora la ley empuja hacia el formato digital.
El contenido mínimo que exige el Anexo II del RD 1054/2022 y el Anexo III del RD 1311/2012 incluye:
- Datos de la explotación y del titular: Código REA, Código SIEX, NIF, sistema de producción.
- Parcelas y recintos: identificadas por referencia SIGPAC. La unidad mínima es la Delimitación Gráfica de Cultivo (DGC).
- Tratamientos fitosanitarios: producto (nombre comercial y número de registro oficial del producto), materia activa, dosis, parcela, fecha, plaga o problemática que lo justifica, equipo de aplicación (número ROMA), aplicador (carné de usuario profesional) y, en su caso, asesor (número ROPO).
- Fertilización: tipo de fertilizante, unidades de nutrientes aportadas, fecha, método (fondo, cobertera, fertirrigación) y referencia al plan de abonado.
- Riego: volúmenes por parcela, origen del agua, sistema de riego y, en fertirrigación, contenido de nitrógeno del agua.
- Cosecha: fecha, producción estimada por parcela y destino de la producción.
Cada apunte debe hacerse en un plazo máximo de un mes desde que realizas la operación. Los documentos de respaldo (facturas, albaranes, certificados ITEAF de tu pulverizadora) conviene guardarlos al menos tres años.
El IUWS: el puente entre el software y la administración {#el-iuws}
Aquí es donde muchos agricultores se pierden, pero la idea es sencilla: la ley permite que uses cualquier software de cuaderno de tu elección, siempre que ese software cumpla unos requisitos técnicos y se conecte con la Administración.
Esa conexión se llama IUWS (Interfaz Único Común), y es el servicio web que cada comunidad autónoma expone para que el software privado pueda:
- Descargar los datos del REA de tus parcelas y cultivos (así no los tecleas tú).
- Subir tus apuntes del cuaderno al registro autonómico.
El software envía los datos firmados digitalmente (con JWT y certificado de empresa) y la Administración los valida antes de consolidarlos. El proceso es bidireccional y trimestral.
Lo que esto significa para ti como agricultor: si tu software está habilitado en tu comunidad autónoma, puedes llevar el cuaderno en el móvil o el ordenador, y los datos llegan a la Administración automáticamente, sin imprimir ni ir a ventanilla.
Qué hay que registrar, campo a campo {#que-registrar}
Fitosanitarios
Es el apartado más exigente y el que antes se vuelve obligatorio (véase la siguiente sección). Para cada tratamiento necesitas:
- Fecha de la aplicación.
- Parcela afectada (referencia SIGPAC o DGC).
- Cultivo, especie y variedad.
- Producto: nombre comercial, número de registro oficial, materia activa y cantidad usada (kg o litros por hectárea).
- La plaga, enfermedad o problema que justifica el tratamiento.
- Equipo de aplicación (número ROMA) y aplicador (carné de usuario profesional).
- Si aplica: uso bajo marco GIP (gestión integrada de plagas), producción ecológica o producción integrada.
Fertilización
El RD 1051/2022, modificado en 2024 y 2025, exige registrar cada aplicación de nutrientes: tipo de fertilizante, dosis, fecha, método y referencia al plan de abonado de la campaña. En fertirrigación se añade la dosis de riego y el contenido de nitrógeno del agua.
Riego
Volúmenes por parcela, sistema de riego y origen del agua. Es un campo que conecta directamente con las zonas vulnerables a nitratos y con los ecorregímenes de manejo sostenible del agua.
Cosecha y producción
Fecha de cosecha, producción obtenida y destino: cooperativa, industria, venta directa. Para viñedo de vinificación, la categoría de la uva y la bodega de destino son datos obligatorios.
Cuándo es obligatorio llevar el cuaderno digital {#cuando-obligatorio}
El calendario de obligatoriedad es escalonado y ha tenido varias modificaciones recientes. Estas son las fechas consolidadas a junio de 2026:
- Hasta el 31 de diciembre de 2026: el registro de tratamientos fitosanitarios puede mantenerse en papel (prórroga del RD 1039/2025).
- Desde el 1 de enero de 2027: obligatorio el registro electrónico o interoperable de tratamientos fitosanitarios para todo usuario profesional, independientemente del tamaño de la explotación.
- Desde el 1 de enero de 2028: el CUE digital completo será obligatorio para explotaciones grandes (más de 30 ha de cultivos permanentes o tierras de cultivo, más de 5 ha de regadío, o más de 0,1 ha de invernaderos). El resto sigue siendo voluntario, con herramienta pública gratuita disponible.
En la práctica, si aplicas fitosanitarios —y casi toda explotación lo hace— tienes hasta finales de 2026 en papel, pero el plazo llega en enero de 2027 sin vuelta atrás.
El cuaderno en papel sigue siendo obligatorio cuando lo exige la normativa sectorial (fitosanitarios, fertilización, ecorregímenes PAC) aunque no uses el formato digital.
Un dato, todas las salidas: cómo simplificar el trabajo {#un-dato}
El gran problema del cuaderno no es que sea difícil: es que obliga a introducir el mismo dato en varios sitios. Apuntas el sulfatado en la libreta del tractor, luego lo pasas a la hoja de Excel, luego lo subes al sistema de la comunidad autónoma, luego lo justificas en la solicitud PAC.
La filosofía que debería tener cualquier herramienta digital es la contraria: un único apunte, todas las salidas. Anotas el tratamiento una vez —con la parcela, el producto y la dosis— y de ese dato salen el registro del cuaderno, la imputación de costes, la verificación de la dosis autorizada y el volcado al sistema autonómico.
Campodato está construido sobre ese principio. Cuando registras un tratamiento fitosanitario, el sistema valida automáticamente si el producto está autorizado para ese cultivo, comprueba que la dosis no supera los límites acumulados de la campaña, cruza el carné de usuario profesional del aplicador (inscrito en el ROPO) y el certificado ITEAF de la máquina, y deja el apunte listo para el volcado IUWS. Todo en un solo gesto, desde el móvil, en el campo. Descubre cómo funciona →
Preguntas frecuentes {#faq}
¿El SIEX es lo mismo que el cuaderno de explotación?
No. El SIEX es el sistema estatal de información donde acaban todos los datos. El cuaderno de explotación (CUE) es el registro que tú llevas en tu finca, que luego se vuelca al REA de tu comunidad autónoma y de ahí al SIEX. Son tres piezas distintas de la misma cadena.
¿El cuaderno digital es ya obligatorio para todo el mundo?
No todavía. El RD 34/2025 lo hizo voluntario con carácter general hasta el próximo periodo PAC (2028), con una excepción importante: el registro electrónico de tratamientos fitosanitarios será obligatorio para todos los usuarios profesionales desde el 1 de enero de 2027. Si aplicas productos fitosanitarios, ese plazo te afecta.
¿Puedo usar cualquier software o solo el que da la Administración?
Puedes usar cualquiera. La ley —artículo 10 del RD 1054/2022— permite elegir libremente el software, siempre que cumpla los requisitos técnicos del FEGA y esté habilitado como CUE comercial en tu comunidad autónoma. Cada CCAA tiene su propio procedimiento de habilitación; no existe una homologación nacional única. El software habilitado se conecta con la Administración a través del IUWS.
¿Qué pasa si llevo el cuaderno en papel y no lo digitalizo antes del plazo?
A partir del 1 de enero de 2027, mantener el registro de fitosanitarios solo en papel incumple la normativa. Eso puede suponer requerimientos de la Administración, problemas en controles de la PAC y, en el caso de explotaciones acogidas a ecorregímenes o producciones con distintivo de calidad (DOP, IGP, ecológico), pérdida de certificaciones. El riesgo no es solo una multa: es la trazabilidad de tu producto.
Artículo elaborado por Summum Marketing. Fuentes: RD 1054/2022, RD 34/2025, RD 1039/2025, RD 1051/2022, RD 1311/2012, Documento Técnico SIEX del FEGA (Anexo VI v3.11.4). La información de plazos y obligaciones es orientativa; consulta siempre con tu comunidad autónoma para conocer los requisitos específicos de tu explotación.
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