SIEX

Cómo elegir cuaderno de campo digital: 8 criterios clave

8 criterios para elegir cuaderno de campo digital: habilitación CCAA, IUWS real, SIEX automático, offline, validación fitosanitarios y precio transparente.

Forma parte de Cuaderno de campo digital: obligatorio 2026-28

ACTUALIZADO · 3 SEP 2026 · LECTURA: 6 MIN

En una línea: el cuaderno de campo digital que te sirve es el que está habilitado en tu comunidad autónoma como empresa desarrolladora, envía al SIEX por IUWS con firma real, valida cada fitosanitario contra el Vademécum oficial antes de guardarlo, funciona sin cobertura en campo y te muestra el precio sin que tengas que llamar a nadie.

Hay en el mercado soluciones que cumplen sobre el papel pero que, cuando llega la inspección o el cierre trimestral, producen sorpresas desagradables: datos que no llegaron al REA porque el software nunca estuvo habilitado en esa CCAA; tratamientos que se registraron sin validar el plazo de seguridad; copias de seguridad que existían en teoría pero no en la práctica; titulares mayores que llevan meses sin anotar porque la interfaz les resulta inaccesible.

Este artículo te da los ocho criterios concretos para discriminar entre soluciones antes de firmar nada, con la base normativa detrás de cada uno y los patrones de trampa más habituales.


Bloque normativo de referencia:
RD 1054/2022 (crea SIEX, REA y CUE; Anexo II = contenido mínimo del cuaderno) · Orden APA/204/2023 · RD 34/2025 (CUE completo voluntario hasta 2028) · RD 1039/2025 + Reg. (UE) 2025/2203 (fitosanitarios electrónicos obligatorios desde 01-01-2027) · RD 1051/2022 + RD 840/2024 + RD 934/2025 (fertilización obligatoria desde 01-01-2026) · RD 1311/2012 art. 16 y Anexo III (contenido mínimo del registro de tratamientos) · IUWS: Anexo VI v3.11.4 del FEGA (despliegue noviembre 2025).

Por qué elegir mal puede salirte caro

El cuaderno de campo no es un cuaderno de notas con WiFi. Es el documento oficial que acredita ante la Administración lo que hiciste en tu explotación: qué aplicaste, cuándo, con qué equipo y en qué parcela. Desde el 1 de enero de 2026, el registro de fertilización es obligatorio en explotaciones no exceptuadas (RD 1051/2022, modificado por RD 840/2024 y RD 934/2025). Desde el 1 de enero de 2027, el registro de tratamientos fitosanitarios deberá llevarse en formato electrónico (RD 1039/2025 al amparo del Reg. UE 2025/2203). Y desde el 1 de enero de 2028, el CUE completo será obligatorio para explotaciones de más de 30 ha de cultivo, más de 5 ha de regadío o más de 0,1 ha de invernadero.

Un software que no cumple los criterios técnicos no protege al agricultor. Le da una falsa sensación de cumplimiento que, en una inspección, puede resultar igual de costosa que no haber registrado nada.

El coste de cambiar de plataforma a mitad de campaña (exportar historial, revisar parcelas en el nuevo sistema, volver a autorizar al asesor) suele superar con creces el ahorro inicial de haber elegido la solución más barata o la más ruidosa en publicidad.


Criterio 1 · Cobertura en tu comunidad autónoma

Lo que importa: que la empresa proveedora esté dada de alta como empresa desarrolladora de CUE comercial en la comunidad autónoma donde radica tu explotación. No como plan de negocio futuro: como alta activa hoy.

Por qué es bloqueante. No existe una homologación nacional única para los cuadernos de campo digitales. La habilitación es autonómica, porque quien gestiona el REA (Registro de Explotaciones Agrarias) y el CUE público es cada CCAA. El flujo siempre es: tu cuaderno comercial → IUWS de tu CCAA → CUE/REA autonómico → SIEX estatal. Un cuaderno que no esté habilitado en tu CCAA no puede enviar al IUWS de esa CCAA. Punto.

El art. 10 del RD 1054/2022 establece que el titular puede usar la herramienta de la Administración o cualquier otro sistema que cumpla los requisitos técnicos y el contenido mínimo del Anexo II. Pero "que cumpla los requisitos técnicos" implica pasar el proceso de alta como empresa desarrolladora en cada CCAA, presentando el certificado de Sello de Entidad/Componente y el dominio de la aplicación. Cada comunidad tiene su propio procedimiento: MR407B en Galicia, código 9931 en Aragón, formulario SgaPec/CueCom en Andalucía, alta "en producción" en Castilla y León, código G96327 en la Comunitat Valenciana.

La trampa más habitual. Muchos proveedores anuncian "conectado al SIEX" o "cuaderno homologado". La pregunta correcta es: ¿está tu empresa dada de alta en producción en el IUWS de mi CCAA concreta? La respuesta debe ser sí o no, con el número de expediente o el procedimiento que lo acredite. Cualquier otra respuesta ("estamos en proceso", "lo tenemos en varias CCAA", "es compatible con el estándar FEGA") no resuelve tu problema.

El caso especial de Cataluña. Si tu explotación está en Cataluña, el sistema IUWS del Anexo VI del FEGA no aplica: Cataluña opera con la DUN (Declaració Única Agrària) y no tiene integración vía ese interfaz. Necesitas verificar directamente con el Departament d'Acció Climàtica cuál es el sistema oficial.

Puedes revisar las CCAA y sus plataformas autonómicas en el artículo Cuaderno de campo por comunidad autónoma: ¿cuál me corresponde?.

Criterio 2 · Envío real al SIEX por IUWS

Lo que importa: que el software se integre con el IUWS (Interfaz Único Común del FEGA, Anexo VI v3.11.4) de forma real, firmando cada comunicación con JWT ES256 (ECDSA ECC-256) o RS256 (RSA-SHA256) y usando un Certificado de Sello de Entidad o Componente emitido por prestador cualificado (FNMT, Izenpe, ACCV, EADTrust u otro reconocido).

Por qué importa la firma. El IUWS es un servicio web REST/HTTPS que valida criptográficamente que quien envía es quien dice ser. La firma JWT con el certificado de la empresa garantiza la integridad del dato en tránsito. Un software que "exporta el cuaderno a XML" para que tú lo envíes por otra vía no cumple esta condición: estás asumiendo tú el paso técnico que debería automatizar el proveedor, y el margen de error aumenta.

La sincronización es trimestral, no instantánea. La consolidación REA/CUE→SIEX es trimestral desde 2025 y la confirma el titular. El software debe ofrecerte un panel de sincronización donde veas el estado de cada anotación: borrador local / encolada / validada en el CUE público / consolidada en SIEX. Si no puedes distinguir esos estados, no sabes si tus datos llegaron de verdad.

Fail-closed en producción. Una buena implementación opera en modo fail-closed: mientras la habilitación en producción de tu CCAA no esté activa, el sistema no vuelca datos reales. Esto evita que datos sin validar aparezcan en el REA o que el sistema simule un envío que nunca se produce.

La trampa del "modo de pruebas". Algunos proveedores tienen integración IUWS funcional en el entorno de pruebas pero no han completado el alta en producción. Pregunta explícitamente: "¿La integración está en producción en mi CCAA o solo en el entorno de pruebas del FEGA?"

Para entender cómo funciona la arquitectura SIEX/IUWS/REA desde el punto de vista normativo, lee Qué es el SIEX, el REA y el CUE: diferencias y flujo.

Criterio 3 · Validación uso-momento contra el Vademécum oficial

Lo que importa: que el software valide cada tratamiento fitosanitario contra el Vademécum oficial del MAPA en el momento de la anotación, comprobando al menos: (a) que el producto tiene autorización vigente para ese cultivo, (b) que el estado fenológico del cultivo (código BBCH) está dentro del intervalo de aplicación autorizado, (c) que el plazo de seguridad no colisiona con la fecha de cosecha prevista, y (d) que la dosis registrada no supera la dosis máxima autorizada por aplicación.

Por qué es bloqueante a partir de 2027. El art. 16 del RD 1311/2012 (mod. RD 1039/2025) exige que el registro electrónico de tratamientos refleje, entre otros datos, el número de registro del producto, la plaga justificante y el cultivo. La validación uso-momento (que el producto esté autorizado para ese cultivo en ese momento) no es un extra de calidad: es la diferencia entre un registro que aguanta una inspección y uno que no.

Además, el Reg. (UE) 2025/2203 que sustenta esa obligatoriedad desde 2027 alinea España con el marco comunitario de reducción de riesgos de plaguicidas. Un cuaderno que solo guarda lo que le dices sin cruzarlo con el Vademécum convierte la obligación de registro en un formulario vacío.

La trampa del "catálogo propio". Algunos proveedores mantienen su propio listado de productos y lo actualizan cuando pueden. Esto crea desfases entre el Vademécum oficial y los datos que valida la app: un producto descatalogado puede seguir registrándose durante semanas después de su baja. La fuente correcta es el Vademécum oficial del MAPA, y el software debe indicar cuándo fue la última sincronización con esa fuente y bloquear el registro si la base de datos de productos está obsoleta.

El acumulador de cobre por recinto. Para quienes aplican productos cúpricos (habitual en viticultura y horticultura ecológica), el registro debe ir acumulando la cantidad de cobre aplicada por recinto y campaña, ya que el Reg. (UE) 2018/1981 limita el cobre a 28 kg/ha en un período de 7 años (media de 4 kg/ha al año). Una app que no gestiona este acumulador no te avisa cuando te acercas al límite.

Ver también el artículo Validación uso-momento del fitosanitario: cultivo, BBCH y dosis para el detalle normativo.

Criterio 4 · Modo offline robusto

Lo que importa: que el 100 % de las operaciones de campo (tratamientos, riegos, fertilización, cosecha, labores) se puedan crear sin conexión a Internet y que, al recuperar cobertura, la sincronización sea automática, idempotente (sin duplicados) y sin pérdida de datos.

Por qué es no negociable. El campo tiene mala cobertura por definición. Una finca en una ladera, un invernadero en una zona rural, un regadío nocturno: son escenarios comunes donde el agricultor necesita registrar y no tiene red. El plazo legal de anotación es de un mes desde la operación (regla general del art. 9 del RD 1054/2022 y Orden APA/204/2023), lo que da margen, pero ese margen se reduce a cero si el software pierde el dato al cerrarse sin conexión.

La doble fecha. Toda operación de campo debe guardar dos marcas temporales: la fecha real del trabajo (cuándo se aplicó el tratamiento, se regó, se cosechó) y la fecha de anotación (cuándo se registró en el sistema). El RD 1054/2022 exige ambas porque la Administración necesita saber si la anotación se hizo dentro del plazo desde la operación real. Un cuaderno que solo guarda la fecha de anotación falsea el registro.

La cola offline con sello de tiempo del servidor. Cuando la operación se creó sin conexión y se sincroniza después, el servidor debe sellar el momento en que el dato se recibió. Esto importa especialmente si hay conflictos entre datos offline y cambios en los catálogos SIEX mientras el dispositivo estaba desconectado: la resolución debe ser determinista (el servidor es autoritativo) y el dato nunca debe perderse.

La trampa del "disponible en app". Muchas aplicaciones tienen app móvil pero el modo offline es parcial: permiten ver datos sin conexión pero no crear nuevos registros. Antes de contratar, prueba expresamente: activa el modo avión, anota un tratamiento completo y comprueba que el dato persiste al volver a conectarte.


Criterio 5 · Motor normativo versionado por fecha

Lo que importa: que las reglas de validación (umbrales, plazos, listas de códigos SIEX, versión del protocolo IUWS) estén versionadas por fecha de campaña, de modo que un registro de 2025 se siga validando con las reglas de 2025 aunque el motor normativo ya haya evolucionado para 2026.

Por qué evita errores retrospectivos. Las normas agrarias cambian: el Vademécum se actualiza, los catálogos SIEX del Anexo VII se revisan, las tolerancias y los umbrales de BCAM se ajustan. Un motor que aplica las reglas actuales a registros históricos puede marcar como incorrecto algo que era perfectamente válido cuando se anotó. Esto genera alarmas falsas y, en el peor caso, invalida datos que la Administración ya aceptó.

El ejemplo concreto del Anexo VI IUWS. El FEGA publicó la versión 3.11.4 del Anexo VI en noviembre de 2025. Si un software no versiona el protocolo, puede enviar mensajes en formato v3.9 a un IUWS que ya espera v3.11.4, generando rechazos silenciosos que el usuario no ve.

Las actualizaciones sin redeploy. El mejor indicador de que un proveedor gestiona bien la normativa es que los catálogos SIEX y las reglas de validación se actualicen sin que tú tengas que hacer nada (sin desinstalar y volver a instalar la app, sin esperar a una "versión nueva"). El software debe poder cargar nuevas reglas y catálogos en caliente, con notificación de qué cambió y cuándo.

Pregunta directa: "¿Cómo actualizan los catálogos SIEX cuando el FEGA publica una nueva versión del Anexo VII? ¿Cuánto tiempo tarda en estar disponible para mí?"


Criterio 6 · Precio transparente

Lo que importa: que el precio esté publicado en la web sin necesidad de solicitar una demostración ni hablar con un comercial. Esto no es una exigencia estética: es una señal directa del modelo de negocio y del tipo de cliente que el proveedor está buscando.

Por qué el precio oculto es una trampa. Un cuaderno de campo es una herramienta de cumplimiento normativo para una gran diversidad de titulares: desde el agricultor de 2 ha que solo necesita registrar fertilización hasta la cooperativa que gestiona centenares de explotaciones de socios. Si el precio no es público, es porque depende de una negociación comercial que no favorece al titular pequeño o al técnico que asesora a varios.

Los modelos que funcionan bien para el agricultor suelen tener: precio por explotación y año (o por hectárea administrada), sin letra pequeña de módulos que se activan aparte, con prueba gratuita real que no requiere tarjeta de crédito ni llamada previa.

Lo que ocultan los precios complejos. Algunas plataformas tienen un precio base bajo pero cobran aparte: la integración IUWS, el modo offline, el módulo de fertilización, las actualizaciones de catálogos. El coste real puede duplicar o triplicar el precio anunciado. Antes de firmar, pide la factura final con todos los módulos que necesitas activados.

Trampa adicional: la permanencia. Algunos contratos incluyen cláusulas de permanencia de uno o dos años con penalización por baja. En un mercado que todavía está madurando y donde los requisitos normativos siguen cambiando, comprometerte a largo plazo sin haber probado la plataforma en una campaña real es un riesgo innecesario.


Criterio 7 · Soporte y prueba autoservicio

Lo que importa: que puedas activar una prueba gratuita sin intermediarios comerciales, probar el modo offline de forma real y acceder al soporte técnico por un canal que no sea solo email con respuesta en 72 horas.

La demo del comercial no sustituye a la prueba real. Una demo guiada muestra el mejor caso de uso en condiciones controladas. Lo que necesitas probar tú solo: registrar un tratamiento sin conexión, verificar que el dato persiste, comprobar que al sincronizar no hay duplicados, revisar que el panel IUWS muestra el estado correcto. Ningún comercial va a hacer eso contigo en una demo de 30 minutos.

El soporte durante la inspección. Si recibes una visita de inspección del ITSS o del organismo de control de la PAC y el sistema no muestra los datos como esperabas, necesitas soporte en minutos, no en días. Pregunta qué canal de soporte urgente existe, quién lo atiende y en qué horario. Un chat en la propia app o una línea directa son razonables; un formulario de incidencias con SLA de 5 días hábiles, no.

La documentación del usuario. Un cuaderno para el sector agrario tiene que tener documentación clara, en español, con capturas de pantalla actualizadas. Si la documentación está en inglés, desactualizada o no existe, la curva de adopción se multiplica, especialmente para titulares que no son usuarios habituales de tecnología.


Criterio 8 · UX apta para titulares con baja competencia digital

Lo que importa: que un titular de 65 años con smartphone básico pueda anotar un tratamiento en menos de 90 segundos, sin necesitar formación específica más allá de la primera vez que usa la app.

Por qué no es un criterio secundario. El colectivo de titulares agrícolas en España tiene una edad media elevada y una heterogeneidad de competencia digital muy alta. Si la app requiere 8 pasos para registrar una operación, seleccionar códigos de catálogos SIEX sin autocompletado o introducir coordenadas a mano, el titular más expuesto normativamente, el que tiene más de 30 ha y necesitará el CUE completo antes de 2028, es también el que más probabilidades tiene de dejar de registrar.

Los patrones que funcionan. Botones grandes y etiquetas claras en el modo campo. Escaneo de la etiqueta del producto fitosanitario para autocompletar el número de registro y la materia activa. Selección de parcelas tocando sobre un mapa, sin teclear códigos. Plantillas de operaciones repetidas ("repetir el último tratamiento"). La posibilidad de que el asesor complete el registro en nombre del titular con autorización previa del Anexo IX.

La delegación al asesor. El art. 11 del RD 1054/2022 permite que el titular autorice a un tercero (técnico, asesor, cooperativa) a gestionar su CUE/REA en su nombre (Anexos VIII, IX y X). Un buen cuaderno debe soportar esta delegación de forma explícita: que el asesor pueda registrar, que el sistema distinga quién anotó y que el titular sea siempre el responsable legal. Si la app no soporta esta delegación, el asesor no puede ayudar al titular sin conocer sus credenciales, lo que abre un agujero de seguridad grave.


Tabla resumen: preguntas que debes hacer antes de contratar

Lleva esta lista cuando hables con cualquier proveedor. Una respuesta evasiva o un "te lo explicamos en la demo" son señales de alerta.

#PreguntaRespuesta que esperas
1¿Están dados de alta como empresa desarrolladora en el IUWS de mi CCAA? ¿En producción o solo en pruebas?Alta en producción, con número de expediente o procedimiento
2¿La firma de las comunicaciones IUWS es JWT ES256/RS256 con certificado de Sello de Entidad?Sí, con nombre del prestador cualificado
3¿El modo offline permite crear tratamientos, riegos y fertilización sin conexión? ¿Guarda la doble fecha trabajo/anotación?Sí, 100 % de operaciones offline con doble fecha
4¿La validación de fitosanitarios cruza con el Vademécum oficial del MAPA? ¿Cuándo fue la última sincronización?Sí, con fecha de última actualización visible en la app
5¿Los catálogos SIEX (Anexo VII) se actualizan sin redeploy? ¿En cuánto tiempo desde la publicación del FEGA?Actualización automática en menos de 48 horas, validar con fuente oficial
6¿El precio está publicado en la web? ¿Qué módulos no están incluidos?Precio completo publicado; sin módulos ocultos
7¿Puedo hacer una prueba gratuita sin hablar con un comercial?Sí, autoservicio
8¿Cómo funciona la delegación del CUE al asesor (Anexo IX)?Delegación explícita con trazabilidad de autoría
9¿Qué canal de soporte urgente tienen? ¿Quién lo atiende y en qué horario?Chat o teléfono con SLA declarado
10¿Hay penalización por baja o permanencia mínima?No, o permanencia razonable (máximo un año)

Preguntas frecuentes

¿Qué significa que no existe homologación nacional única para los cuadernos digitales?

Significa que no hay un organismo del Estado que certifique o apruebe de forma centralizada qué cuadernos comerciales son válidos. La habilitación la concede cada comunidad autónoma por separado, porque son las CCAA quienes gestionan el REA y el IUWS en su territorio. El FEGA publica el estándar técnico (Anexo VI del IUWS), pero la alta como empresa desarrolladora es un trámite autonómico. Un cuaderno puede estar habilitado en tres CCAA y no en las trece restantes.

¿El cuaderno de campo digital es ya obligatorio en 2026?

No de forma general. Lo que sí es obligatorio desde el 1 de enero de 2026 es el registro de fertilización en explotaciones no exceptuadas (RD 1051/2022 y sus modificaciones). El registro electrónico de tratamientos fitosanitarios será obligatorio desde el 1 de enero de 2027 (RD 1039/2025). El CUE completo (cuaderno digital de explotación en su totalidad) será obligatorio desde el 1 de enero de 2028 para explotaciones de más de 30 ha de cultivo, más de 5 ha de regadío o más de 0,1 ha de invernadero, según el RD 34/2025. Si tu explotación no supera esos umbrales, el CUE completo sigue siendo voluntario después de 2028.

¿Puedo usar el cuaderno público de la CCAA en vez de uno comercial?

Sí. El art. 10 del RD 1054/2022 establece expresamente que el titular puede usar la herramienta de la Administración o cualquier otro sistema que cumpla los requisitos técnicos. En Andalucía existe SgaCex, en Castilla y León Cuecyl, en Galicia XEAGA, y otras CCAA tienen sus propias plataformas. La diferencia entre el cuaderno público y el comercial no es legal sino operativa: el público suele carecer de modo offline robusto, integración con el mapa SIGPAC por tacto, delegación al asesor y automatización de validaciones. Si gestionas varias explotaciones o trabajas sin red, un cuaderno comercial habilitado puede ahorrarte tiempo y errores. Ver la comparativa completa en Cuaderno público gratis (SgaCex) vs. comercial.

¿Qué pasa si el cuaderno que tengo no está habilitado en mi CCAA?

Que los datos que introduces no llegan al REA de tu CCAA ni consolidan en el SIEX estatal. El cuaderno funciona como un bloc de notas digital: te sirve para tu organización interna, pero no tiene valor ante la Administración. Si te exigen acreditar el registro de tratamientos o de fertilización en una inspección o para cobrar ayudas PAC vinculadas a ecorregímenes, ese cuaderno no lo justifica. Lo correcto es verificar el estado de habilitación de tu proveedor con la consejería de agricultura de tu CCAA, no fiarte de la información comercial del propio proveedor.

¿Qué es el IUWS y por qué importa tanto?

El IUWS (Interfaz Único Común de Servicios Web) es el estándar técnico definido en el Anexo VI del FEGA (versión 3.11.4, desplegada en noviembre de 2025) que define cómo un cuaderno comercial se comunica con el CUE/REA de cada CCAA. Es el único canal oficial para que las anotaciones del agricultor viajen hasta el SIEX estatal. Sin integración IUWS real (con firma JWT y certificado cualificado), el cuaderno no forma parte del sistema oficial. Es el equivalente técnico de que tu cuaderno en papel nunca llega a la administración.

¿Qué diferencia hay entre registro de fitosanitarios y cuaderno de campo completo?

El registro de tratamientos fitosanitarios es uno de los módulos del cuaderno y su contenido mínimo está fijado en el Anexo III del RD 1311/2012 (fecha, cultivo, especie de agente nocivo, nombre del producto, número de registro, materia activa, cantidad, equipo aplicador, datos del aplicador, asesor y valoración GIP). El cuaderno de campo completo (CUE, regulado por el RD 1054/2022) es más amplio: incluye además datos del titular y la explotación, parcelas/recintos SIGPAC, labores de cultivo, riegos, fertilización y cosecha. El registro de fitosanitarios será obligatorio en formato electrónico desde 2027; el CUE completo, desde 2028 para explotaciones grandes.


Conclusión

Elegir un cuaderno de campo digital no es una decisión de software: es una decisión de cumplimiento normativo con consecuencias prácticas en inspecciones, en la percepción de ayudas PAC vinculadas a ecorregímenes y en la capacidad del titular o su asesor de acreditar lo que se hizo en campo.

Los ocho criterios de este artículo no son una lista de deseos: son las preguntas que distinguen una plataforma que funciona de una que solo lo parece. La cobertura real en tu CCAA y la integración IUWS con firma auténtica son las dos barreras de entrada mínimas. El resto (validación uso-momento, offline robusto, motor normativo versionado, precio transparente, prueba autoservicio y UX accesible) determina si el cuaderno que contratas se usa de verdad o acaba abandonado después de las primeras semanas.

Campodato cubre los ocho criterios con las capacidades del módulo Cuaderno SIEX/IUWS (Olas 1-7): importación de parcelas por mapa SIGPAC, registro offline de todas las operaciones de campo con doble fecha trabajo/anotación, 15 adaptadores autonómicos en modo fail-closed con firma ES256, catálogos SIEX versionados sin redeploy, validación uso-momento delegada al módulo Fitosanitarios, panel de sincronización trimestral con confirmación del titular y soporte de la delegación al asesor (Anexo IX).

La habilitación en producción por cada CCAA es un trámite administrativo en curso. Consulta el estado actualizado en la página del producto.

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Fuentes

  • RD 1054/2022, de 27 de diciembre, por el que se regula el Sistema de Información de Explotaciones Agrícolas (SIEX) — BOE-A-2022-23054
  • Orden APA/204/2023, de 28 de febrero, por la que se establece el contenido mínimo del REA y del Cuaderno digital de explotación agrícola y la cronología de incorporación de fuentes al SIEX — BOE-A-2023-5699
  • RD 34/2025, de 21 de enero (voluntariedad del CUE hasta 2028) — BOE-A-2025-998
  • RD 1039/2025 (registro electrónico fitosanitarios obligatorio desde 01-01-2027) — BOE (verificar referencia oficial)
  • RD 1051/2022 (fertilización), modificado por RD 840/2024 y RD 934/2025 — BOE (verificar referencias oficiales)
  • RD 1311/2012, de 14 de septiembre (uso sostenible de productos fitosanitarios, Anexo III registro) — BOE-A-2012-11605
  • FEGA — Documento Técnico SIEX (Resolución 25-may-2023) y Anexo VI IUWS v3.11.4 (nov-2025): fega.gob.es
  • Reg. (UE) 2025/2203 del Parlamento Europeo y del Consejo (base del RD 1039/2025): EUR-Lex (verificar referencia oficial)
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Equipo Campodato (Summum Marketing)
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