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Veri*Factu en 2027: el calendario real para el agricultor y la gestoría (quién entra, desde cuándo y qué es el SIF)
Verifactu 2027 fechas agricultor SIF: sociedades vs IRPF, 5 requisitos técnicos del SIF conforme (SHA-256, QR, encadenamiento) y declaración responsable.
ACTUALIZADO · 13 JUN 2026 · LECTURA: 6 MIN
- El calendario: sociedades antes, autónomos IRPF después
- Qué es un SIF conforme: los cinco elementos técnicos que exige el reglamento
- La declaración responsable del fabricante: qué es y qué no es
- Modalidad Veri*Factu (remisión) vs modalidad no-Veri*Factu
- Por qué el SIF y el cuaderno de campo deberían estar en el mismo sistema
- Preguntas frecuentes (FAQ)
- Pasos concretos para la gestoría agraria antes de 2027
Si eres autónomo agrario que tributa en IRPF, la fecha que te afecta directamente es el 1 de enero de 2027 (validar con fuente oficial: RD 1007/2023 y su desarrollo normativo vigente). Si la explotación está constituida como sociedad, la obligación llegó antes. Y si eres gestoría agraria con varios clientes, necesitas entender qué significa que el software que usas sea un Sistema Informático de Facturación (SIF) conforme y qué garantías ofrece la declaración responsable del fabricante. Este artículo complementa nuestra guía general sobre Veri*Factu para agricultores y autónomos agrarios con el foco puesto en el calendario 2027, el concepto técnico de SIF y la modalidad de remisión a la AEAT.
El calendario: sociedades antes, autónomos IRPF después
La diferencia clave entre colectivos no es el tamaño de la explotación ni el volumen de facturación: es la forma jurídica y el impuesto sobre el que tributan. Según el RD 1007/2023 y su desarrollo (validar fechas exactas con el texto normativo vigente y posibles prórrogas):
| Colectivo | Fecha de obligación orientativa |
|---|---|
| Productores y comercializadores de software (SIF) | 29 de julio de 2025 |
| Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2026 |
| Resto de obligados (autónomos, IRPF) | 1 de enero de 2027 (validar) |
Nota para la gestoría: el artículo general de esta serie indicaba el 1 de julio de 2026 como fecha para autónomos, que correspondía a una propuesta inicial. La normativa y sus modificaciones —incluyendo el RD 254/2025— han sufrido ajustes en el calendario. Verifica siempre la fecha vigente en el BOE y en la sede electrónica de la AEAT antes de comunicársela a tus clientes, dado que las prórrogas han sido frecuentes en este proceso de despliegue.
¿Qué significa esto para el agricultor persona física?
Si llevas la explotación como autónomo y declaras el rendimiento en IRPF —estimación directa con modelo 130 o estimación objetiva (módulos)—, el software de facturación que uses para emitir facturas deberá cumplir los requisitos de SIF antes de la fecha que se establezca definitivamente para tu colectivo. No es retroactivo: las facturas emitidas antes de esa fecha no necesitan rehacerse.
Para las sociedades agrarias (SAT, cooperativas de segundo grado, S.L. agrícolas), la obligación ya es vigente desde el 1 de enero de 2026. Si tu gestoría lleva sociedades del campo, esto no es futuro: es presente.
Qué es un SIF conforme: los cinco elementos técnicos que exige el reglamento
El Sistema Informático de Facturación (SIF) es el nombre técnico que da el reglamento al software que genera, conserva y gestiona los registros de facturación. No es simplemente una aplicación que imprime facturas: un SIF conforme debe implementar cinco requisitos técnicos específicos fijados en la Orden HAC/1177/2024.
1. Registro de alta y registro de anulación
Todo SIF debe generar dos tipos de registros: el registro de alta (cuando se emite una factura) y el registro de anulación (cuando se cancela una ya emitida). No existe el «borrar»: cualquier modificación posterior es una rectificativa o una anulación que queda como asiento independiente. Esto es lo que hace imposible la manipulación retroactiva.
En Campodato, el módulo de facturación genera estos dos tipos de registros de forma inmutable: una vez sellado un registro de alta, no se puede modificar su cadena. La vista de /facturacion muestra el libro de registros sellados en modo solo lectura.
2. Huella SHA-256 y encadenamiento
Cada registro de facturación lleva una huella digital SHA-256 calculada a partir de los campos obligatorios (NIF del emisor, número de serie, fecha de expedición, tipo de factura, cuota total, importe total y marca de tiempo de generación). La huella es un valor hexadecimal de 64 caracteres en mayúsculas.
El encadenamiento es la clave anti-fraude: la huella de cada registro incluye en su cálculo la huella del registro inmediatamente anterior. Si alguien modifica o elimina una factura del medio de la secuencia, la huella del siguiente registro deja de coincidir con la recalculada y la cadena queda rota. La AEAT puede detectarlo.
El primer registro de cada serie usa una huella anterior vacía (Huella=). El vector de prueba oficial de la AEAT para ese primer registro es:
`` 3C464DAF61ACB827C65FDA19F352A4E3BDC2C640E9E9FC4CC058073F38F12F60 ``
Este vector está verificado contra el documento técnico de la AEAT (v0.1.2, 27/08/2024) y los tests de Campodato lo reproducen de forma exacta en cada ejecución, garantizando que la implementación no diverge de la especificación oficial.
3. Numeración sin huecos
La numeración de facturas no puede tener saltos: si la última factura de la serie es 2027/0045, la siguiente debe ser 2027/0046. Si una factura se anula, el número queda ocupado por el asiento de anulación; no se reutiliza ni se salta. Los contadores no retroceden nunca.
Este requisito tiene una implicación práctica importante para la gestoría: si un cliente tiene varias series (por ejemplo, una para venta directa y otra para servicios), cada serie mantiene su propio contador independiente, pero dentro de cada serie la secuencia debe ser continua.
4. QR ISO 18004 en cada factura
Cada factura emitida con un SIF conforme debe incluir un código QR (norma ISO/IEC 18004, nivel de corrección de errores M, tamaño entre 30 y 40 mm) que contiene la URL del servicio de cotejo de la AEAT. Al escanear ese QR, el destinatario de la factura puede verificar que el registro está almacenado correctamente.
La URL incluye el NIF del emisor, el número de serie, la fecha de expedición y el importe total. El QR es generado automáticamente por el software; el agricultor o el gestor no necesita hacer nada manual.
Estado del conector AEAT en Campodato: el módulo de generación de URL de cotejo está implementado y probado contra el preentorno (sandbox) de la AEAT (prewww2.aeat.es). La conexión con el entorno de producción de la AEAT no está activa hasta que se complete el proceso de certificación. Las facturas generadas hoy quedan correctamente selladas y encadenadas en local; la remisión automática a la AEAT es el siguiente paso tras la certificación del servicio.
5. Marca de tiempo de generación con huso horario
Cada registro debe llevar un timestamp de generación en formato ISO-8601 con huso horario explícito (por ejemplo, 2027-01-15T10:30:00+01:00). Este sellado temporal es el que hace que la cadena sea irrefutable en cuanto al orden de generación.
La declaración responsable del fabricante: qué es y qué no es
El reglamento obliga a los fabricantes de SIF a presentar ante la AEAT una declaración responsable en la que afirman que su software cumple los requisitos técnicos. Es importante entender qué significa esto y qué no.
Qué es
La declaración responsable es un compromiso formal del fabricante ante la AEAT de que el software implementa los requisitos del RD 1007/2023 y la Orden HAC/1177/2024. Al firmarla, el fabricante asume la responsabilidad de que su producto no permite la alteración de los registros de facturación y cumple las especificaciones técnicas (SHA-256, encadenamiento, QR, numeración, tipos de registro).
Qué no es
La declaración responsable no es una certificación emitida por la AEAT ni por ningún organismo externo de evaluación. No hay un proceso de auditoría oficial previo que valide el cumplimiento técnico antes de que el fabricante declare. La verificación es a posteriori: si en una inspección se detecta que el software no cumple lo declarado, la responsabilidad recae sobre el fabricante.
Para el agricultor o la gestoría, esto significa que **no basta con que el proveedor diga que su software «ya tiene VeriFactu»*: conviene preguntar específicamente si ha presentado la declaración responsable ante la AEAT, en qué fecha y si el software ya puede operar en modalidad de remisión (ver más abajo).
Estado de Campodato (F15): el proceso de declaración responsable está en curso. Los requisitos técnicos del reglamento están implementados y verificados contra los vectores dorados de la AEAT; la presentación formal de la declaración responsable es la fase pendiente antes de la entrada en producción del conector AEAT. Nos comprometemos a comunicar su presentación cuando se complete.
Modalidad VeriFactu (remisión) vs modalidad no-VeriFactu
El reglamento contempla dos modalidades de operación para un SIF conforme:
Modalidad Veri*Factu: remisión automática a la AEAT
En esta modalidad, el SIF remite cada registro de facturación a la AEAT en tiempo real (o dentro del plazo técnico que fije la norma) a través del servicio web oficial. Las facturas llevan la leyenda «VERI\*FACTU» y el QR apunta al servicio de cotejo de producción.
Es la modalidad que ofrece mayor transparencia y la que la AEAT promociona como el camino principal. Para el agricultor que factura volúmenes altos o con compradores que piden trazabilidad fiscal (grandes cooperativas, exportación), esta modalidad da más garantías al destinatario.
Modalidad no-Veri*Factu: sin remisión, con registro local
En esta modalidad, el SIF no remite los registros a la AEAT de forma automática, pero debe igualmente generar y conservar los registros sellados y encadenados conforme al reglamento. La AEAT puede solicitarlos en una inspección. Las facturas llevan el QR de cotejo pero **sin la leyenda «VERI\FACTU»*.
Para pequeños autónomos con pocos clientes y facturas esporádicas, esta modalidad puede ser suficiente. El coste técnico es menor para el proveedor, por lo que puede ser la opción que ofrezcan las soluciones más económicas.
El agricultor y la gestoría deben preguntar explícitamente al proveedor en qué modalidad opera su software. Ambas son válidas legalmente si el SIF cumple los requisitos, pero implican compromisos distintos para el proveedor y protecciones distintas para el obligado.
Por qué el SIF y el cuaderno de campo deberían estar en el mismo sistema
La gestoría agraria que gestiona varios clientes sabe que el mayor coste no es la tecnología: es la doble entrada de datos. El dato de producción que el agricultor anota en el cuaderno de campo (parcela SIGPAC, fecha de cosecha, kilogramos entregados a la cooperativa) es exactamente el mismo dato que origina la factura o el albarán de entrega.
Si el cuaderno y la facturación van por separado, ese dato se teclea dos veces. Si van en el mismo sistema, el cuaderno genera la factura directamente: el sellado SHA-256, el QR y el encadenamiento ocurren en el mismo acto que el registro agronómico. Eso elimina errores de transcripción y ahorra tiempo.
Campodato está diseñado desde este principio: el parte de cosecha o la operación de campo propaga el dato al cuaderno SIEX, descuenta el stock y genera el registro de facturación sellado con su huella encadenada. El agricultor registra una vez; el sistema hace el resto.
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Qué diferencia hay entre un SIF y el sistema Veri*Factu?
El SIF (Sistema Informático de Facturación) es el término genérico para cualquier software que cumple los requisitos del RD 1007/2023. «VeriFactu» es la modalidad de ese SIF que remite los registros a la AEAT en tiempo real. Todo software que opere en modalidad VeriFactu es un SIF; pero no todo SIF opera en modalidad Veri*Factu (puede hacerlo en la modalidad sin remisión). Para el agricultor: pregunta si el software es un SIF conforme (obligatorio) y si opera con remisión a la AEAT (opcional pero recomendable).
¿Cuándo exactamente entra en vigor para los autónomos agrarios con IRPF?
La fecha orientativa derivada del RD 1007/2023 y su desarrollo es el 1 de enero de 2027 para el colectivo de autónomos que tributan en IRPF. Sin embargo, este calendario ha sufrido modificaciones y el Ministerio de Hacienda puede establecer prórrogas o ajustes. Valida siempre la fecha vigente con el BOE o con la AEAT directamente antes de planificar la migración de software. En cualquier caso, esperar al último trimestre de 2026 para cambiar de herramienta es arriesgado: la migración de datos históricos, la configuración de series y las pruebas requieren tiempo.
¿La declaración responsable del fabricante me protege como gestoría si el software falla?
No directamente. La declaración responsable vincula al fabricante: si el software no cumple lo declarado, la responsabilidad es del fabricante ante la AEAT. Sin embargo, como gestoría eres responsable de usar software conforme para tus clientes. En una inspección, si el software que usas no tiene declaración responsable presentada o no cumple los requisitos, el riesgo recae sobre el obligado (tu cliente) y potencialmente sobre ti como colaborador. Exige documentación al proveedor.
¿El conector con la AEAT ya funciona en producción?
En Campodato, el conector está en preentorno/sandbox de la AEAT. La remisión automática a los servidores de producción de la AEAT estará activa tras completar el proceso de declaración responsable y validar los tests de integración en el entorno real. Esto no afecta a la validez de los registros sellados localmente: las huellas, el encadenamiento y el QR se generan correctamente desde ya.
Pasos concretos para la gestoría agraria antes de 2027
- Audita tu cartera: distingue qué clientes son personas físicas con IRPF (calendario: 1-ene-2027 orientativo) y cuáles son sociedades (ya obligadas desde 1-ene-2026). Las sociedades no pueden esperar.
- Verifica el software actual de cada cliente: ¿tiene declaración responsable presentada ante la AEAT? ¿En qué modalidad opera (con remisión o sin ella)?
- Planifica las migraciones con al menos seis meses de antelación: cambiar de software implica migrar histórico de numeración, configurar nuevas series y hacer pruebas con facturas de ensayo.
- Considera unificar cuaderno y facturación: si un cliente lleva el cuaderno de campo por separado de la facturación, la migración es la oportunidad para eliminar esa duplicidad.
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Publicado el 13 de junio de 2026 · Summum Marketing · Artículo de profundidad normativa para gestorías y agricultores que necesitan entender el SIF y el calendario 2027.
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