Bodega

Software bodega DOP IGP: cumplir el pliego sin teclear dos veces

Software bodega DOP o IGP: cuaderno, SILICIE, DPP, calificación de partida y checklist de etiquetado. Sin contabilidad de contraetiquetas numeradas.

Forma parte de Software SILICIE bodega: el libro que se cuadra solo

ACTUALIZADO · 23 AGO 2026 · LECTURA: 6 MIN

En una línea: si tu bodega trabaja bajo una Denominación de Origen Protegida (DOP) o una Indicación Geográfica Protegida (IGP), tienes que cuadrar tres capas de control (el Consejo Regulador, la AEAT con SILICIE, y las declaraciones vitivinícolas) con los mismos datos de campo. Campodato cubre la base (cuaderno, SILICIE, trazabilidad, DPP), la calificación de partida frente a dos parámetros del pliego y la verificación de menciones del etiquetado; lo que no cubre es la contabilidad de contraetiquetas numeradas, el pliego completo y la lista de operadores.

Nota de transparencia — qué hay y qué no. Construido y operativo: cuaderno conectado a SIEX/IUWS, módulo SILICIE con cadena de hash append-only, certificaciones con checklist, DPP, calificación de partida DOP/IGP contra el rendimiento máximo y el grado mínimo que tecleas de tu pliego, con veredicto apto / no apto / pendiente de parámetro y anotación del rango de precintas, y verificación de menciones obligatorias del etiquetado antes de embotellar. No construido: el pliego completo parametrizado (variedades admitidas, prácticas autorizadas, parámetros analíticos), la contabilidad correlativa del stock de contraetiquetas, la lista de operadores del Reg. (UE) 2024/1143 y la comprobación del campo visual único que exige ese reglamento.

1. Qué significa que tu bodega esté bajo una DOP o una IGP

Las indicaciones geográficas no son un sello de marketing: son un régimen legal que impone obligaciones concretas al operador.

Una DOP (Denominación de Origen Protegida) exige que la calidad o las características del producto se deban esencial o exclusivamente a un medio geográfico determinado, y que todas las fases de producción, transformación y elaboración se realicen dentro de la zona delimitada. La vinculación entre origen y calidad es fuerte y verificable.

Una IGP (Indicación Geográfica Protegida) requiere únicamente que al menos una fase del proceso (producción, transformación o elaboración) tenga lugar en la zona, y que una cualidad o reputación específica sea atribuible a ese origen. El vínculo es más amplio, lo que permite a muchas bodegas estar bajo IGP aunque no fabriquen el vino íntegramente en la zona.

En España coexisten decenas de DOP e IGP vinícolas, desde la Rioja hasta Jerez, pasando por Ribera del Duero, Priorat, Rías Baixas o la Mancha, cada una con su propio Consejo Regulador, su propio pliego de condiciones y sus propios requisitos de autocontrol. La ley de referencia nacional es la Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito supraautonómico. Para las DOP/IGP de ámbito autonómico, cada comunidad tiene su propia normativa.

Lo que el bodeguero siente en la práctica es que tiene que responder a tres mandos a la vez: al Consejo Regulador con la documentación del pliego; a la AEAT con SILICIE (libro de contabilidad de Impuestos Especiales); y al MAPA/CCAA con las declaraciones vitivinícolas (INFOVI, existencias, cosecha). La promesa del dato único, capturar la información una vez y que cada capa la lea, es exactamente lo que un software de bodega para DOP/IGP debe resolver.


2. Las tres capas de control que conviven sobre los mismos datos

Antes de hablar de software, conviene tener claras las tres capas porque cada una tiene su autoridad y su lógica:

Capa 1: Consejo Regulador (DOP/IGP). Verifica que la bodega cumple el pliego: variedades admitidas, rendimientos máximos por hectárea, prácticas enológicas autorizadas, parámetros analíticos y organolépticos. Exige autocontrol documental, trazabilidad lote a lote y la expedición de contraetiquetas o precintos numerados que identifican cada botella o recipiente amparado. El control es por organismo certificador acreditado UNE-EN ISO/IEC 17065 según el art. 39 del Reg. (UE) 2024/1143.

Capa 2: AEAT (SILICIE / Impuestos Especiales). El vino tribute al 0 %, pero es un producto objeto de Impuestos Especiales de Fabricación (Ley 38/1992). La bodega es, a efectos fiscales, una fábrica de vino: necesita CAE (Código de Actividad y Establecimiento), inscripción en el registro territorial y llevar contabilidad de productos (entradas, salidas, mermas, trasiegos). Si produce más de 100.000 litros al año, suministra esa contabilidad por SILICIE conforme a la Orden HAC/998/2019 (modificada por la Orden HAC/566/2020).

Capa 3: MAPA/CCAA (declaraciones vitivinícolas). El RD 739/2015 y el Reg. (UE) 2018/273 y 2018/274 establecen las declaraciones obligatorias: producción, existencias al 31 de julio, cosecha. Los libros vitivinícolas autonómicos (entradas/salidas, prácticas enológicas, existencias/mermas) se conservan al menos cinco años.

Estas tres capas comparten en buena medida el mismo dato de campo (la uva que entra, el vino que sale, el lote que se embotella), pero cada autoridad lo pide en su propio formato y con su propio calendario. Sin un sistema que centralice el dato, el bodeguero acaba tecleando tres veces la misma información.


3. El Reg. (UE) 2024/1143: qué cambia para la bodega en 2024-2026

El Reglamento (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, en vigor desde el 13 de mayo de 2024, es la norma que unifica el régimen de indicaciones geográficas para vinos, bebidas espirituosas y productos agrícolas (antes repartido entre el Reg. 1151/2012 y el Reg. 1308/2013). Deroga el Reg. 1151/2012 e introduce cambios que afectan directamente al software de bodega:

Lista de operadores obligatoria (art. 27). Desde el 1 de enero de 2025, el sistema debe permitir identificar a todos los operadores inscritos en cada IG y registrar su cumplimiento del pliego. El Consejo Regulador pasa a gestionar una lista de operadores con visibilidad regulada.

Certificación del pliego por organismo acreditado (arts. 39-45). La verificación del cumplimiento ya no puede ser solo la inspección del propio Consejo: se requiere un organismo de certificación acreditado conforme a UNE-EN ISO/IEC 17065. Esto equipara el proceso a una auditoría formal con checklist, no conformidades y dictamen.

Desarrollo reglamentario: Reg. Del. (UE) 2025/27. Completa el marco del Reg. 2024/1143 con los procedimientos de tramitación y los modelos.

En España, el Gobierno anunció en marzo de 2026 un Real Decreto que implementa el Reg. 2024/1143 y simplifica los procedimientos de las IG nacionales. La fuente sectorial lo fecha en torno al 11 de marzo de 2026 con entrada en vigor el 1 de mayo de 2026 (verificar número y BOE antes de citar en documentos oficiales), ya que la publicación definitiva puede no haberse producido aún o puede diferir de las fechas anunciadas.

Para el bodeguero, el mensaje práctico es que la documentación de cumplimiento del pliego va a exigirse con un rigor creciente, con organismos de tercera parte involucrados y con la información del operador integrada en registros europeos. Un software que digitalice el autocontrol y exporte el expediente de auditoría deja de ser una comodidad y pasa a ser una herramienta de gestión necesaria.


4. El pliego de condiciones: la norma que dicta cómo se produce

El pliego de condiciones es el documento que define qué es exactamente ese vino amparado. Cada DOP e IGP tiene el suyo, aprobado por la autoridad competente (MAPA para las IG supraautonómicas, CCAA para las autonómicas) y publicado en el boletín oficial correspondiente. El bodeguero no elige el pliego: se adhiere a él al inscribirse en el Consejo Regulador.

El pliego fija, entre otros elementos:

  • Zona geográfica delimitada: los municipios o recintos donde puede producirse la uva y/o elaborarse el vino. Cualquier parcela fuera de esa zona genera un vino que no puede ser amparado.
  • Variedades de uva admitidas: la lista de cepas que pueden usarse y, en ocasiones, los porcentajes máximos o mínimos por variedad. Usar una variedad no admitida, aunque sea una pequeña parte del lote, compromete el amparo.
  • Rendimientos máximos por hectárea: normalmente expresados en kilogramos de uva o en litros de vino por hectárea. Superar el rendimiento máximo en una parcela puede implicar que ese lote no se ampare o que tenga que entrar en un proceso de desclasificación.
  • Prácticas enológicas autorizadas: qué se puede hacer en bodega (acidificación, desacidificación, chaptalización, uso de determinados aditivos enológicos) y qué está prohibido. El Reg. (CE) 606/2009 (hoy sustituido por el Reg. 2019/934 y desarrollos) fija el marco general de prácticas enológicas para el vino; el pliego lo restringe adicionalmente.
  • Parámetros analíticos: grado alcohólico mínimo y máximo, acidez total mínima, sulfuroso total máximo u otros indicadores que el Consejo Regulador controla mediante análisis físico-químico.
  • Características organolépticas: color, aroma y sabor esperados, evaluados mediante cata.

Para el software, el pliego es la fuente de datos que alimenta los criterios de verificación automática. Si el módulo conoce las variedades admitidas y los rendimientos máximos de cada DOP/IGP, puede cruzar esos umbrales con los datos reales del cuaderno de campo (variedad plantada por parcela, rendimiento por SIGPAC) y anticipar si un lote de uva puede optar al amparo antes de que llegue a bodega. De ese cruce, Campodato hace hoy la parte del rendimiento —kilos de vendimia registrados frente a superficie, contra el máximo que tecleas del pliego— y la del grado. Las variedades admitidas y las prácticas autorizadas no se comprueban.


5. Contraetiquetas y precintos numerados: la trazabilidad visible del Consejo

La contraetiqueta, o el precinto numerado, es el elemento físico que acredita que una botella o recipiente está amparado bajo la DOP o IGP. El Consejo Regulador las emite de forma correlativa, las asigna al bodeguero según el volumen de producción amparado y lleva un registro de qué número va en qué lote.

Desde la perspectiva de la trazabilidad, la contraetiqueta es el punto de cierre de la cadena: une el lote de vino (que viene de una parcela con variedad y rendimiento documentados) con la botella que llega al consumidor. Si en algún momento el Consejo necesita hacer una retirada de mercado o verificar un lote, la contraetiqueta es la clave de búsqueda.

Para el bodeguero, gestionar las contraetiquetas implica:

  • Solicitar las contraetiquetas al Consejo Regulador antes de embotellar (el plazo y el procedimiento varía por denominación).
  • Registrar qué números de contraetiqueta se asignan a qué lote, fecha de embotellado y volumen.
  • Mantener el stock de contraetiquetas sin huecos ni duplicidades (un número perdido o duplicado genera incidencia en la auditoría).
  • Registrar las contraetiquetas devueltas o destruidas si un lote se desclasifica o se rechaza.

Una gestión digital de contraetiquetas numeradas completa incluiría el registro correlativo, la asignación lote-número, el control de stock y la trazabilidad de devoluciones. Campodato no la tiene: solo anota el rango de precintas asignado a la partida en su calificación DOP. Hoy esta gestión se hace en la mayoría de bodegas con hojas de cálculo o apuntes manuales; el riesgo de error es alto cuando se manejan miles de botellas.


6. La ventana de etiquetado: el transitorio del 14 de mayo de 2026

Una de las novedades más accionables del Reg. (UE) 2024/1143 afecta al etiquetado de los productos con indicación geográfica. La norma exige que el nombre del productor u operador figure en el mismo campo visual que la mención de la DOP o la IGP.

El periodo transitorio para cumplir esta exigencia finalizó el 14 de mayo de 2026. Los etiquetados elaborados e impresos antes de esa fecha pueden seguir usándose hasta agotar existencias (lo que la norma llama "agotar el stock de etiquetas preexistentes"), sin fecha de vencimiento obligatoria para el vaciado. Pero cualquier etiqueta nueva que se produzca a partir del 14 de mayo de 2026 ya debe cumplir el requisito del campo visual único.

Esto tiene implicaciones prácticas inmediatas para bodegas con campañas de etiquetado pendientes:

  • Si tienes etiquetas encargadas antes del 14-5-2026 con el operador en un campo visual distinto al de la IG, puedes seguir usándolas hasta que se agoten, pero no puedes encargar más de ese diseño.
  • Cualquier rediseño de etiqueta a partir de esta fecha debe incluir el nombre del operador en el mismo bloque visual que la mención DOP o IGP.
  • El incumplimiento de esta norma afecta a la comercialización del producto bajo amparo.

La relación con el Reg. (UE) 1169/2011 de etiquetado alimentario también es relevante: ese reglamento establece la mención obligatoria del operador responsable del alimento, y el art. 13.1 del mismo regula la prominencia y el campo visual. El Reg. 2024/1143 añade la exigencia de que esa mención quede dentro del campo visual de la IG.

Un software de bodega que gestione el etiquetado debería generar alertas cuando se produzcan cambios de diseño que no cumplan este criterio, y documentar la fecha de impresión de cada lote de etiquetas para acreditar si son anteriores o posteriores al transitorio. Campodato no comprueba ese criterio del campo visual ni guarda la fecha de impresión de cada lote de etiquetas: su checklist de etiquetado cubre las menciones obligatorias del vino, no la regla de composición visual del Reg. 2024/1143.


7. Qué hace ya Campodato en el viñedo y la bodega con DOP/IGP

De las funciones DOP/IGP específicas, la calificación de partida y la verificación de etiquetado están construidas; el pliego completo, la contabilidad de contraetiquetas y la lista de operadores, no. Y la capa que hay debajo, que un bodeguero con DOP/IGP necesita igual, está operativa desde hace tiempo. Aquí está lo que Campodato hace hoy:

7.1. Cuaderno de campo conectado a SIEX/IUWS

El cuaderno de explotación de Campodato registra las operaciones del viñedo (labores, riegos, tratamientos fitosanitarios, fertilización, cosecha) con la parcela SIGPAC como unidad (DGC sobre recinto SIGPAC). Esto significa que cada parcela tiene su variedad, su superficie y sus operaciones documentadas con doble fecha (fecha de la operación y fecha de la anotación).

Para el Consejo Regulador, estos datos son la materia prima de la verificación del pliego: variedad plantada por parcela, rendimiento real obtenido (kilogramos cosechados / superficie), prácticas de cultivo aplicadas. El bodeguero puede exportar esta información del cuaderno, y el rendimiento se cruza automáticamente con el máximo del pliego en la calificación de partida; la variedad y las prácticas hay que cotejarlas a mano.

El cuaderno se sincroniza con el SIEX (Sistema de Información de Explotaciones) del FEGA a través de los adaptadores IUWS autonómicos. Esto da al cuaderno de Campodato el respaldo oficial que un Consejo Regulador puede contrastar: la información no está solo en el sistema del bodeguero, sino en el registro oficial del MAPA.

7.2. Módulo SILICIE con cadena de hash append-only

Para el plano de la AEAT, Campodato implementa el módulo SILICIE conforme a la Orden HAC/998/2019 (modificada por la Orden HAC/566/2020). Un solo movimiento de bodega (entrada de uva, salida de vino, trasiego entre depósitos, merma) genera el asiento de Impuestos Especiales correspondiente, sin duplicar el dato. La cadena de hash SHA-256 append-only garantiza que ningún asiento se puede borrar ni modificar retroactivamente: solo cabe el asiento de anulación como nuevo registro, igual que exige SILICIE.

Para una bodega DOP/IGP, esto tiene importancia porque el Consejo Regulador necesita ver que el volumen de vino amparado cuadra con el volumen registrado en SILICIE. Si hay discrepancias entre los litros que declara el Consejo y los que figuran en la contabilidad de IIEE, se abre una incidencia. La trazabilidad de asientos en Campodato permite responder a esas preguntas con rapidez.

El módulo de SILICIE opera hoy en modo sandbox (entorno de pruebas de la AEAT) por diseño. No remite a producción AEAT hasta que haya certificado y decisión expresa del titular de la bodega. Más detalle en el artículo SILICIE o modelo 553: cuál corresponde a tu bodega.

7.3. Certificaciones con checklist y no conformidades

El módulo de certificaciones de Campodato implementa un sistema de auditoría con checklist (puntos de control Major/Minor), no conformidades con plazo de subsanación y dictamen apto/no-apto derivado. El umbral para menores está fijado en el 95 % de puntos cumplidos; una sola no conformidad mayor abierta bloquea el dictamen positivo.

Este modelo es compatible con el tipo de auditoría que realizan los organismos certificadores DOP/IGP bajo UNE-EN ISO/IEC 17065. La mecánica de auditoría existe en el código —el expediente por estándar se exporta y los puntos de control son texto libre que aporta el llamante—, pero el catálogo de puntos de control de cada DOP/IGP no está parametrizado: los tecleas tú.

Del pliego, lo que sí se comprueba solo son dos controles en la calificación de partida: el rendimiento en kg/ha, calculado con los kilos de vendimia ya registrados frente a la superficie, y el grado. Si falta el parámetro o el dato, el veredicto es «pendiente de parámetro» y no «apto»: el sistema no da por bueno lo que no ha podido comprobar.

7.4. DPP (Pasaporte Digital de Producto)

El DPP (Pasaporte Digital de Producto) de Campodato genera un pasaporte verificable con cadena de evidencias: el consumidor que escanea el código de la botella puede comprobar el origen de la uva y los sellos de calidad, sin que se expongan las coordenadas de finca ni la capa interna de datos del bodeguero.

Para una botella DOP/IGP, el DPP es la forma de hacer visible ante el consumidor la trazabilidad que el pliego exige. El marco regulatorio del DPP para productos alimentarios viene del Reg. (UE) 2024/1781 (Eco-design for Sustainable Products Regulation, ESPR) y sus desarrollos sectoriales, que establecen los plazos de implantación por categoría de producto (verificar plazos exactos para el sector vinícola con la fuente oficial), ya que los calendarios de aplicación sectoriales se publican por delegación.

El artículo Pasaporte Digital de Producto para el agro: qué es y cómo prepara Campodato el DPP desarrolla este punto en detalle.


8. Del pliego y el etiquetado: qué comprueba el sistema y qué no

Calificación de partida DOP/IGP: construida, con dos controles. Das de alta los parámetros de tu Consejo Regulador para la campaña —rendimiento máximo en kg/ha y grado mínimo—, tecleados desde tu pliego o tu circular, con el campo de fuente para dejar constancia de dónde salen. Campodato no trae un catálogo oficial de todas las denominaciones de España, así que ningún valor viene puesto de fábrica. Con eso, el sistema calcula el rendimiento de la partida desde los kilos de vendimia ya registrados, lo coteja contra el máximo y contra el grado, y devuelve apto, no apto o pendiente de parámetro. En la misma calificación se anota el rango de precintas asignado.

Verificación de etiquetado antes de embotellar: construida. El sistema genera la checklist de menciones obligatorias del vino —denominación de venta, grado alcohólico, procedencia, embotellador, contenido neto, número de lote, «contiene sulfitos» y, si el producto la lleva, la mención DOP/IGP—, cada una con su fuente normativa. Vas marcando lo que aparece en la prueba de imprenta y anotando lo que ves impreso; la mención DOP/IGP se filtra sola si el producto no tiene esa calidad.

Y ahora lo que no está, que es tan importante como lo anterior:

  • El pliego completo parametrizado. Variedades admitidas con sus porcentajes, zona delimitada, prácticas enológicas autorizadas y parámetros analíticos del pliego no se comprueban. El sistema no te avisa de que has usado una variedad no admitida ni cruza las prácticas aplicadas con la lista del pliego.
  • La contabilidad de contraetiquetas y precintos. No hay stock correlativo, ni bloqueo si asignas más rango del que tienes, ni consumo al cierre de tirada, ni informe para el Consejo. Lo que hay es el rango anotado en la calificación.
  • La lista de operadores del Reg. (UE) 2024/1143. No se mantiene ni se exporta.
  • La comprobación del campo visual único. La checklist de etiquetado cubre las menciones obligatorias del vino, pero no verifica la exigencia del Reg. 2024/1143 de que el nombre del operador figure en el mismo campo visual que la mención de la indicación geográfica, ni lleva la fecha de producción de cada lote de etiquetas para acreditar el transitorio.

Lo que sí está garantizado por diseño es que nada se teclea dos veces: el dato de la parcela (variedad, rendimiento, prácticas) y el del lote (volumen, fecha) ya viven en el cuaderno y en bodega, y de ahí salen tanto la calificación como el asiento SILICIE.


9. Diferencias entre DOP e IGP: lo que importa para el software

Desde el punto de vista del software, la diferencia práctica entre DOP e IGP está en la amplitud de la zona que el pliego delimita y en las fases de producción que controla.

Una bodega DOP tiene que demostrar que tanto la uva como el vino proceden íntegramente de la zona. Esto implica que el cuaderno debe documentar parcela a parcela la procedencia de cada kilo de uva, y que el software tiene que ser capaz de rastrear ese origen hasta la botella. El pliego es habitualmente más restrictivo en variedades y rendimientos.

Una bodega IGP puede elaborar con uva de fuera de la zona siempre que al menos una fase (por ejemplo, la vinificación) se haga dentro. El cruce con el pliego sigue siendo necesario, pero la gestión de las fuentes de la uva puede ser más compleja porque puede haber proveedores externos.

En ambos casos, el Consejo Regulador necesita ver el mismo tipo de documentación (pliego, trazabilidad, autocontrol, contraetiquetas), y el organismo certificador trabaja con el mismo esquema de auditoría (ISO/IEC 17065). La diferencia para el software está en los parámetros del pliego, no en el modelo de datos.

Una ETG (Especialidad Tradicional Garantizada), aunque es menos frecuente en vino, no lleva criterio de origen geográfico: protege el método de producción o la composición tradicional. Para una ETG, los dos parámetros que Campodato coteja (rendimiento y grado) no aplican, así que su control se lleva fuera del sistema.


10. Tabla de obligaciones DOP/IGP y cobertura actual de Campodato

Obligación DOP/IGPBase normativaEstado en Campodato
Cuaderno de campo con variedad, rendimiento y prácticas por parcelaPliego de condiciones de cada DOP/IGP; RD 1054/2022 (CUE/SIEX)Disponible (cuaderno + IUWS + SIEX)
Contabilidad de Impuestos Especiales (SILICIE o modelo 553)Ley 38/1992; Orden HAC/998/2019 (mod. HAC/566/2020)Disponible (módulo SILICIE sandbox + modelo 553)
Cadena de hash inalterable (anulación = asiento nuevo)Orden HAC/998/2019Disponible (append-only SHA-256)
Trazabilidad lote y DPP para el consumidorReg. (CE) 178/2002; Reg. (UE) ESPR (plazos por verificar)Disponible (DPP con cadena de evidencias)
Checklist de auditoría y no conformidadesArts. 39-45 Reg. (UE) 2024/1143; UNE-EN ISO/IEC 17065Disponible (módulo certificaciones Major/Minor, export expediente)
Parámetros del pliego: rendimiento máximo y grado mínimoReg. (UE) 2024/1143; Ley 6/2015Construido: los tecleas por DOP/IGP y campaña, con su fuente
Calificación de partida contra esos dos parámetrosPliego de cada DOP/IGPConstruido: apto / no apto / pendiente de parámetro
Resto del pliego: variedades, prácticas y parámetros analíticosPliego de cada DOP/IGPNo construido
Contabilidad correlativa de contraetiquetas y precintosPliego; Consejo ReguladorNo construido: solo se anota el rango asignado a la partida
Lista de operadores (Reg. 2024/1143, desde 1-1-2025)Art. 27 Reg. (UE) 2024/1143No construido
Menciones obligatorias del etiquetado del vinoReg. (UE) 1308/2013 art. 119; Reg. (UE) 2019/33; Reg. (UE) 1169/2011Construido: checklist previa al embotellado
Etiquetado conforme: operador en mismo campo visual que la IGArt. 13 Reg. (UE) 2024/1143; art. 13.1 Reg. 1169/2011No construido: fuera de la checklist
Declaraciones vitivinícolas (producción, existencias, cosecha)RD 739/2015; Reg. (UE) 2018/273Construido como borrador: no se transmite a INFOVI
Libros vitivinícolas autonómicos (≥ 5 años)Reg. (UE) 2018/273 y 2018/274; CCAANo construido: sin interfaz con el canal autonómico

11. Preguntas frecuentes

¿Puedo usar Campodato si mi bodega ya tiene DOP pero necesito controlar todo el pliego?

Sí, contando con el reparto. Cuaderno de campo, SILICIE, certificaciones, DPP, la calificación de partida por rendimiento y grado y la checklist de menciones del etiquetado están en el sistema. El resto del pliego —variedades admitidas, prácticas autorizadas, parámetros analíticos— y la contabilidad de contraetiquetas se siguen llevando fuera. Lo que ya está registrado no habrá que reintroducirlo si esas piezas se construyen.

¿Qué cambia el Reg. (UE) 2024/1143 respecto al Reg. 1151/2012 para una bodega vinícola?

El Reg. 2024/1143 (en vigor desde el 13-5-2024) unifica en un solo texto el régimen de indicaciones geográficas para vinos y productos agrícolas. Las novedades más relevantes para la bodega son: la lista de operadores (obligatoria desde 1-1-2025), la certificación del cumplimiento del pliego por organismo acreditado ISO/IEC 17065 y la exigencia de que el nombre del operador figure en el mismo campo visual que la mención de la IG en el etiquetado. Para el etiquetado, hay un transitorio: las etiquetas elaboradas antes del 14-5-2026 pueden usarse hasta agotar existencias.

¿A partir de qué fecha mis nuevas etiquetas tienen que cumplir la norma del campo visual único?

Desde el 14 de mayo de 2026. Las etiquetas que se imprimieron antes de esa fecha pueden seguir usando hasta que se agoten. Cualquier etiqueta nueva encargada desde esa fecha tiene que incluir el nombre del productor u operador en el mismo bloque visual que la indicación geográfica (DOP o IGP).

¿Qué es el organismo certificador ISO/IEC 17065 y por qué lo exige el Reg. 2024/1143?

Un organismo acreditado UNE-EN ISO/IEC 17065 es una entidad de tercera parte, independiente del bodeguero y del Consejo Regulador, que verifica que el producto cumple el pliego de condiciones. El Reg. 2024/1143 (arts. 39-45) impone esta figura para dar mayor rigor y objetividad al control de las indicaciones geográficas. En la práctica, la bodega tiene que pasar una auditoría periódica por este organismo, que revisa trazabilidad, análisis y documentación de autocontrol.

¿SILICIE es lo mismo que el registro del Consejo Regulador?

No. Son dos sistemas completamente distintos gestionados por autoridades diferentes. SILICIE es el sistema de la AEAT para la contabilidad de Impuestos Especiales (Ley 38/1992). El registro del Consejo Regulador gestiona la inscripción de la bodega en la DOP/IGP, el cumplimiento del pliego y las contraetiquetas; su base legal es el pliego de condiciones, la Ley 6/2015 y el Reg. (UE) 2024/1143. Ambos trabajan sobre los mismos datos de bodega, pero son procesos separados que hay que alimentar de forma independiente, o a través de un software que los conecte desde el dato único.

¿Qué pasa si en mi parcela obtengo más uva que el rendimiento máximo que fija el pliego?

Si el rendimiento de una parcela supera el máximo permitido por el pliego, el exceso no puede ampararse bajo la DOP o IGP: esa fracción de la cosecha tendrá que comercializarse como vino de mesa o vino de la tierra, sin el sello de la denominación. El Consejo Regulador habitualmente establece un procedimiento de desclasificación del exceso. La calificación de partida de Campodato detecta ese exceso: calcula el rendimiento con los kilos ya registrados frente a la superficie y lo marca «no apto» si supera el máximo que has dado de alta. El aviso llega con la vendimia registrada, no antes de vendimiar.


Conclusión

La DOP o la IGP no añaden solo un sello a la etiqueta: añaden tres capas de documentación que el bodeguero tiene que gestionar de forma simultánea y consistente. La capa del Consejo Regulador (pliego, trazabilidad, contraetiquetas) convive con la capa fiscal (SILICIE, AEAT) y con la capa vitivinícola (declaraciones de producción y existencias). El Reg. (UE) 2024/1143 ha endurecido las exigencias de certificación y ha introducido obligaciones de etiquetado con plazos concretos: el transitorio del 14 de mayo de 2026 ya ha vencido para etiquetas nuevas.

Campodato cubre la base: el cuaderno de campo conectado a SIEX/IUWS documenta variedad, rendimiento y prácticas por parcela; el módulo SILICIE lleva la contabilidad de Impuestos Especiales con cadena de hash inalterable; el módulo de certificaciones implementa el checklist con dictamen apto/no-apto; el DPP hace visible al consumidor la trazabilidad del origen; la calificación de partida coteja rendimiento y grado contra los parámetros que teclees de tu pliego; y la verificación de etiquetado repasa las menciones obligatorias antes de embotellar. Fuera quedan, y conviene no confundirlo: el resto del pliego (variedades, prácticas, parámetros analíticos), la contabilidad correlativa de contraetiquetas, la lista de operadores y la regla del campo visual único del Reg. 2024/1143.

Si quieres saber más sobre cómo funciona ya el módulo SILICIE, el artículo Software SILICIE para bodega lo desarrolla en detalle. Y si tienes más de 30 hectáreas de viñedo, el artículo sobre cuaderno digital obligatorio desde 2028 explica el calendario de la obligatoriedad del CUE.

Para hablar de cómo Campodato encaja con tu bodega y con tu Consejo Regulador, solicita una demostración desde la página principal.


Fuentes normativas

  • Reg. (UE) 2024/1143 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024 — régimen unitario de indicaciones geográficas. EUR-Lex
  • Reg. Del. (UE) 2025/27 — desarrollo del Reg. 2024/1143. EUR-Lex
  • Ley 6/2015, de 12 de mayo, de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito supraautonómico. BOE-A-2015-5288
  • Orden HAC/998/2019 — SILICIE. BOE-A-2019-14247
  • Orden HAC/566/2020 — modifica la Orden HAC/998/2019 (SILICIE). BOE-A-2020-6744
  • Ley 38/1992, de Impuestos Especiales. BOE
  • Reg. (CE) 178/2002 — trazabilidad alimentaria. EUR-Lex
  • Reg. (UE) 1169/2011 — información alimentaria al consumidor. EUR-Lex
  • RD 739/2015 — declaraciones vitivinícolas. BOE-A-2015-8647
  • RD 2026 de indicaciones geográficas (anunciado, implementa Reg. 2024/1143) — verificar número y BOE antes de citar.

Revisado: 2026-06-13. Equipo Campodato (Summum Marketing). Este artículo es orientativo; no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal individualizado. Consulta con un asesor especializado y contrasta las normas con su texto oficial en BOE/EUR-Lex antes de tomar decisiones.


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